Si usaste códigos QR durante la pandemia, no temas, tu privacidad (aún) está segura

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Los datos que las autoridades de la Ciudad de México recolectaron desde hace un año para tratar de mitigar las consecuencias de la pandemia provocada por la COVID-19, no permiten ver información detallada de la persona que los proporcionó. 

Esa fue una de las características solicitadas por las organizaciones civiles que se dedican a proteger la privacidad de la ciudadanía, cuando el gobierno de Claudia Sheinbaum lanzó el programa de rastreo de desplazamiento a través de teléfonos celulares en marzo de 2020 y el de registro a través de código QR en establecimientos. 

A pesar de ello, Vladimir Cortés, oficial del programa de Derechos Digitales en Artículo 19 –organización que se dedica a la promoción y defensa de los derechos digitales y el respeto a la libertad de expresión–, nos explica que la ciudadanía debe seguir exigiendo que cualquier medida que adopten los gobiernos, cuide la privacidad

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En abril de 2020 el gobierno de la Ciudad de México prohibió las reuniones de más de 25 personas. Para que funcionara la medida, anunció que las antenas de los teléfonos celulares servirían para monitorear el movimiento y contacto entre las personas. 

Para tener acceso a este movimiento, la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), solicitó a las compañías telefónicas el acceso a estas antenas, ubicadas en cientos de puntos de la capital del país. 

Artículo 19, al igual que otras organizaciones, expusieron en ese momento el impacto que esta medida podría tener en términos de geolocalización y sobre todo, que las autoridades pudieran identificar los comportamientos de las personas rastreadas. 

“Salió la información de que parte de los datos que estarían recabando no son agregados. Son datos anonimizados, que permiten ver más a nivel general. Finalmente, ellos también propusieron y ofrecieron a la ciudadanía un esquema de protección de estos datos personales”, nos dijo al respecto el oficial de Derechos Digitales.

En enero de 2021, el gobierno capitalino activó el programa “Reactivar sin arriesgar”, en el que permitió la apertura de restaurantes bajo medidas sanitarias estrictas. Una de estas medidas fue el registro de los asistentes o consumidores, a través de un código QR.

“Con la implementación del código QR, insistimos mucho en que debería de tener un carácter voluntario y no obligatorio. Algo que también agradecimos en su momento, fue que las autoridades capitalinas hayan prestado atención a esto”, detalló el experto.

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Vladimir Cortés explicó que, por lo menos hasta ahora y con la información que se tiene, todas las medidas que han tomado las autoridades de la Ciudad de México, han estado dentro de los términos que señalan los protocolos de protección de datos y privacidad vigentes.

“Permiten digámoslo así, salvaguardar la identidad y sobre todo, recabar el mínimo de los datos. Eso nos parece como un elemento fundamental”, agregó el experto.

El oficial de Artículo 19 nos explicó que la protección de estos datos, en un contexto de pandemia es básico. Estas medidas no se deben de transformar, dice, en esquemas de vigilancia y de mayor control sobre la ciudadanía.

Están seguros, pero desconfío. ¿Que puedo hacer?

Si bien no se recopilaron datos sensibles de la ciudadanía durante la Jornada Nacional de Sana Distancia, puede existir desconfianza en el tratamiento de esos datos. Ante esta duda, Vladimir Cortés nos explica que podemos ejercer los derechos ARCO, siglas de: Acceso, Rectificación y Oposición. 

Los derechos ARCO son todos los que un ciudadano puede ejercer con los datos que ha proporcionado a cualquier organización. La ciudadanía tiene la posibilidad de saber qué información personal está en manos de qué institución o empresa. También puede tener acceso a ella, para en determinado caso, modificarla o desaparecerla.

Al respecto, Rubén Vázquez, experto en redes sociales y profesor de la UNAM y de la Universidad Iberoamericana, dice que México cuenta con una de las leyes de protección de datos más robusta en Latinoamérica. 

Los datos, que el ciudadano otorga bajo consentimiento a cualquier empresa o instancia gubernamental, pueden ser solicitados por el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a través de un reclamo elaborado por los mismos usuarios.

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Finalmente, Vladimir Cortés explicó que la autoridad puede informar cuáles fueron los datos que se recabaron de la ciudadanía. Hasta el momento, con la información que ha proporcionado, no existe evidencia de datos personales recabados. Tanto el rastreo de celulares, como el uso de códigos QR, es información desagregada, que terminan por ser datos que no identificables. 

A un año de la pandemia en México, ¿habrá más medidas de rastreo o ubicación a la ciudadanía?

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