Ni la pena de cárcel detiene el incumplimiento de pensión alimenticia: Senado pide otras medidas

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El Senado aprobó un dictamen que busca reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para garantizar el cumplimiento de la pensión alimenticia. Con esto se estaría creando un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarios que tiene el fin de darle a las autoridades la información necesaria para que se cumpla esta obligación.

La medida que se suma a otros esfuerzos para proteger a las infancias, personas enfermas, adultos mayores o con alguna discapacidad implica que el incumplimiento de la pensión alimentaria limite el derecho de las personas -hombre o mujeres- a realizar trámites como la solicitud de licencias para conducir, pasaportes y trámites ante notario público.

Además de que también les impide la participación como candidatos o candidatas a cargos de elección popular; se requerirá un certificado de no inscripción en el registro para las solicitudes de matrimonio y se prevé que haya restricciones para impedir que los deudores alimentarios morosos inscritos en el registro puedan salir del país.

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Podría parecer exagerada esta medida, ya que de por sí el incumplimiento está penado con cárcel (sí, se puede ir a prisión bajo el delito de abandono de hijos), pero ni las sanciones -que pueden ir desde un mes hasta cinco años o más en algunos estados, como Nuevo León– han mejorado la situación.

En el dictamen, la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón advirtió que en 7 de cada 10 divorcios en México, los padres no cumplen con la pensión alimenticia. Este es un problema grave que requiere soluciones.

“Por mucho, mucho tiempo, el incumplimiento de la pensión alimenticia ha sido tolerado, justificado, permitido. Todo mundo conoce historias del papá que se fue por cigarros a Tacubaya y no volvió”, acusó la abogada feminista Julia Escalante.

La especialista nos explicó que aunque existe el delito de incumplimiento de la obligación alimentaria con sanciones de privación de la libertad y multas, la justicia penal no es efectiva para resolver este problema. 

También nos dijo que hay avances en los procedimientos para hacer el descuento automático de la pensión alimenticia y se ha sensibilizado a los jueces y juezas para otorgar pensiones más justas, pero las personas que demandan que se cumpla esta obligación -que en gran parte son mujeres- aún se enfrentan a la impunidad y los prejuicios.

“Casi todo el país tiene reconocido este delito, sin embargo es una muestra más de cómo la justicia penal no es efectiva para resolver un problema social, empezando porque difícilmente las mujeres van a querer meter a la cárcel al papá de los hijos -por todos los simbolismos que esto implica-, son muy pocos los casos de denuncias ante el Ministerio Público.

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La abogada y socióloga Elvira Cedillo destacó que además hay que considerar que vivimos en un país donde el número de personas que trabajan en el mercado laboral informal es alto. Al cuarto trimestre de 2022, según datos de INEGI, los estados con las tasas más altas de informalidad laboral son Oaxaca con el 81.2 %, Guerrero con el 79 % y Chiapas con el 75.2 %. 

El INEGI también indica que las tasas más bajas de informalidad durante el mismo trimestre de 2022 se registraron en Coahuila de Zaragoza con 34.2 %; Nuevo León con 35.8 %; Baja California con 36.6 % y Chihuahua con 36.8 %.

“Es una buena medida, siempre y cuando la persona trabaje en el mercado formal, en el gobierno o en una empresa privada donde se tenga una política activa o con un poco de perspectiva de género”, nos dijo Cedillo.

Y ya quisiéramos que fuera la única traba. La entrevistada nos explicó que hay numerosas trampas a las que las y los deudores recurren para no cumplir con su responsabilidad como declararse falsamente como desempleado, aunque eso sea también un delito que conlleva una pena de seis meses a tres años.

Las y los deudores también suelen convencer a sus familias para que les ayuden a ocultarse, declararse con el sueldo mínimo para que la pensión que deban dar sea muy baja hasta renunciar a su trabajo para evitar el descuento automático, acusó la especialista.

En estos casos se dificulta -aún más- obligar que los responsables cumplan con la pensión alimentaria y se vuelve un tormento para quien está al cuidado, pues aunque existe la posibilidad del pago de la pensión solidaria por parte de otros familiares, como nos dijo Julia Escalante, es poco utilizada.

¿Las nuevas medidas violentan los derechos ciudadanos de las y los deudores?

Las y los gobernantes, legisladores y quien aspire a un cargo público deben -mínimamente- demostrar que son personas confiables y respetuosas de la ley, nos dijo Elvira Cedillo. Las restricciones para ocupar un cargo público o de elección popular responde al hecho de que al incumplir con las obligaciones alimentarias, se está cometiendo un delito.

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Incluso hay otras medidas como la ley “3 de 3” que obliga a quien aspire a un cargo público a declarar su situación patrimonial, de intereses y de impuestos, precisamente en busca de un bien mayor, en este caso, la ciudadanía.

Las medidas que se toman en contra de las y los deudores alimentarios no van en contra de sus derechos porque son proporcionales a la infracción y no vulnera los derechos individuales contra los derechos colectivos de las personas, detalló la abogada Julia Escalante.

Pero sí están colocando el problema en donde debe de estar: en los temas de relevancia como lo tienen el interés superior de la infancia y la protección a las personas en condición de vulnerabilidad, ya que las consecuencias de estas medidas sí tienen un impacto en el imaginario colectivo donde, de alguna manera, se hizo espacio para que el abandono deliberado fuera de lo más sencillo.

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