Estas son las sentencias internacionales de violencia contra mujeres que México no ha cumplido totalmente

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México tiene al menos cuatro sentencias internacionales que no ha cumplido totalmente por temas de violencia de género en contra de mujeres, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), máximo tribunal de protección de derechos humanos para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Estas sentencias incluyen el “Caso González y otras (‘Campo Algodonero’) vs México” sobre feminicidio en Ciudad Juárez, que emitió la Corte el 16 de noviembre de 2009. Los casos Fernández Ortega y Rosendo Cantú (integrantes de la comunidad indígena Me’phaa, violadas por militares), del 30 y 31 de agosto de 2010

Además del “Caso mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México” del 28 de noviembre de 2018. Y la sentencia condenatoria más reciente, el “Caso Digna Ochoa y familiares vs México”, del 25 de noviembre de 2021.

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El Estado mexicano no ha implementado medidas efectivas para prevenir las desapariciones y los asesinatos de mujeres en México, como lo ordenó la CorteIDH en la sentencia Campo Algodonero, sobre tres casos de feminicidio cometidos en Ciudad Juárez, Chihuahua, señaló la doctora Ydalia Pérez Fernández Ceja, integrante de la organización Federación Mexicana de Universitarias (FEMU).

Más de una década después de la sentencia Campo Algodonero, estos casos siguen ocurriendo en México sin que haya un cambio sustancial, sostuvo la abogada. 

Este fue el caso de Debanhi Susana Escobar Bazaldúa, joven estudiante de derecho de 18 años de edad, que fue desaparecida el 9 de abril pasado y días después, el 21 de abril, fue encontrada sin vida en una cisterna del Motel Nueva Castilla, en Escobedo, Nuevo León. Las autoridades tardaron 13 días para encontrar a Debanhi.

Las sentencias de la CorteIDH son obligatorias para el Estado mexicano, porque pertenece a la OEA. Las sentencias señalan que el Estado mexicano es responsable por la violación a los derechos humanos y por la impunidad en cada uno de los casos, expuso Ydalia Pérez durante el taller “México ante la Corte Interamericana. Sentencias con perspectiva de género”, del Museo de la Mujer.  

La CorteIDH en cada sentencia dictó medidas para que no haya repeticiones, para que no persistan y no se agraven estas violaciones de derechos humanos. Pero seguimos viendo que este tipo de violencias sigue siendo parte de nuestro contexto, comentó la también profesora de la Facultad de Derecho de la UNAM.

Laura, Esmeralda y Claudia

Entre otras medidas, la sentencia Campo Algodonero señala que las autoridades mexicanas tienen que hacer el mayor esfuerzo para encontrar a las niñas y mujeres desaparecidas con vida, señaló Ydalia Pérez Fernández.  

Pero a la fecha sigue siendo un problema, porque a pesar de la Alerta Amber, aún tenemos que exigir a las autoridades que realicen mejores búsquedas para encontrarlas con vida, “no tenemos que acostumbrarnos a que una niña o mujer desaparecida es sinónimo de feminicidio”, sostuvo.

Hace 21 años, el 6 de noviembre de 2001, Benita Monárrez Salgado, Irma Monreal Jaime y Josefina González Rodríguez iniciaron una larga lucha por la justicia. Ese día, sus hijas Laura Berenice Ramos Monárrez (17 años de edad), Esmeralda Herrera Monreal (15 años) y Claudia Ivette González (20 años) fueron encontradas sin vida en un campo algodonero de Ciudad Juárez, Chihuahua. 

Cuatro meses después del hallazgo de los cuerpos de las jóvenes, después de exigir justicia y ante la falta de acción de las autoridades mexicanas, estas tres madres, junto con asociaciones civiles de defensa de derechos humanos y un grupo amplio de abogadas y feministas presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.   

Luego de un proceso de siete años, el 16 de noviembre de 2009, la CorteIDH emitió la histórica sentencia Campo Algodonero con la que condenó al Estado mexicano por no prevenir el feminicidio de las tres jóvenes, por todas las violaciones a sus derechos humanos y el de sus familias.

La CorteIDH condenó a México por su responsabilidad de no investigar con perspectiva de género estos tres casos de feminicidio. Pero a más de 13 años de la sentencia, los responsables de la desaparición y asesinato de Laura, Esmeralda y Claudia no han sido localizados ni sancionados. Tampoco han sido castigados los funcionarios responsables de discriminar, hostigar y amenazar a sus familias. 

Además muchas mujeres con hijas, que fueron desaparecidas entre 1990 y 2000, enfermaron y murieron sin lograr acceso a la justicia, como lo denunciaron las madres de las jóvenes del caso Campo Algodonero, hace un año en este foro

Aunque, el Estado mexicano ha atendido parcialmente algunos parámetros de la sentencia Campo Algodonero, como la implementación de más legislación e instituciones de atención a las mujeres con perspectiva de género. Aún no se advierte que haya una cultura e intención de las autoridades para erradicar la violencia contra las mujeres, sostuvo Ydalia Pérez.

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Mujeres víctimas de tortura sexual por parte de policías y militares

A más de tres años de la sentencia de la CorteIDH por la tortura sexual cometida por policia estatal y Policía Federal Preventiva en contra de once mujeres en el operativo en San Salvador Atengo, del 3 y 4 de mayo de 2006, ordenado por Enrique Peña Nieto, entonces gobernador del Estado de Mexico, sigue la impunidad y el incumplimiento de las medidas ordenadas por la Corte, apuntó, en mayo pasado, el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez, organización que representa a las once mujeres.

La CorteIDH ordenó “la investigación y sanción a todos los elementos estatales y federales, incluida la cadena de mando”; sin embargo, “las mujeres sobrevivientes continúan luchando para que haya una investigación seria y diligente sobre la tortura sexual, que considere todas las responsabilidades por las violaciones a derechos humanos cometidas en ese operativo”, puntualizó el Centro ProDH

A más de 16 años de aquel operativo policiaco, la mayoría de las mujeres consultadas para elaborar el “Diagnóstico Nacional sobre Tortura Sexual Cometida contra Mujeres Privadas de Libertad en México”, denunció haber sufrido tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes durante su proceso penal.

La Secretaría de Gobernación realizó dicha investigación para dar cumplimiento a uno de los puntos contenidos en la sentencia del caso Atenco. Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de la Segob, presentó la investigación en junio pasado.

En los casos Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, mujeres integrantes de la comunidad indígena Me’phaa que fueron violadas por militares en febrero y marzo de 2002, la Corte resolvió que “entre las formas de violencia que afectan a las mujeres en el estado de Guerrero se encuentra la ‘violencia institucional castrense’”.

Por tanto, la Corte también sancionó a México por los actos de tortura sexual cometidos por fuerzas militares y consideró que la violación sexual igual que la tortura busca intimidar, degradar, humillar, castigar o controlar a la persona que la sufre, explicó Ydalia Pérez.

El 7 de junio de 2018, una jueza federal condenó a los responsables de la violación de Valentina Rosendo a 19 años de prisión. Pero a 20 años de los hechos, Inés Fernández sigue sin acceder a la justicia, en octubre pasado se llevó a cabo la audiencia de vista final contra el militar señalado por la tortura, pero aún no se le dicta una condena. 

Ante un gobierno federal que ha dado mayores tareas a las fuerzas armadas, debemos  tener presentes todas estas sentencias internacionales, porque cuando las mujeres y las niñas están frente a un policía o un militar está latente la agresión sexual. El Estado está obligado a tener protocolos para educar a las fuerzas armadas cuando están con civiles, según lo señaló la CorteIDH, destacó Ydalia Pérez.

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Digna Ochoa

El 19 de octubre de 2001, la abogada Digna Ochoa y Plácido fue encontrada asesinada en su despacho de la calle de Zacatecas en la colonia Roma de la Ciudad de México.

Veinte años después, la CorteIDH determinó la responsabilidad del Estado mexicano por las graves fallas en la investigación por el feminicidio de Digna Ochoa. Y estableció que México debe llevar a cabo diversas medidas de reparación y continuar las investigaciones de su feminicidio, así como sancionar a los responsables.

Digna Ochoa fue una sobresaliente defensora de los derechos humanos galardonada con diversos premios internacionales en reconocimiento por su trabajo. Ydalia Pérez detalló que la investigación que realizaron las autoridades mexicanas estuvo plagada de estereotipos que buscaron destruir la imagen de la defensora de derechos humanos. 

Por eso, el 19 de octubre pasado, al cumplirse 21 años del asesinato de Digna Ochoa “el Estado mexicano, en cumplimiento de la sentencia de la CorteIDH, realizó un acto de reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública en el que se revindicó la memoria y trayectoria de Digna Ochoa, así como la lucha de sus familiares por esclarecer los hechos que derivaron en su muerte y obtener justicia”.

Finalmente, Ydalia Pérez Fernández sostuvo que en México las mujeres están lejos de vivir una vida libre de violencia y la mayor parte de los casos de violencia siguen en la impunidad, de ahí la importancia de retomar el cumplimiento de todas estas sentencias internacionales.

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