Deberes constitucionales y renuncias

Compartir:

- Advertisement -

Por Andrés Alcántara Silva*

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue designado ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de diciembre de 2019 a propuesta del entonces Presidente Felipe Calderón Hinojosa. El 7 de noviembre de 2023 presentó al hoy presidente Andrés Manuel López Obrador su renuncia. Le quedaba todavía poco más de un año como ministro.

Con ello renunció no solamente al cargo que se le confirió, sino también a su deber constitucional y al mandato que ello conlleva de velar por la Constitución Federal.

Pocos son quienes tienen el privilegio de tener un encargo directo de la Constitución. Al parecer, según su propio escrito de renuncia, para él dicho encargo hoy es insuficiente.

En efecto, el segundo párrafo del artículo 98 constitucional prevé que los ministros de la Suprema Corte puedan renunciar, lo que se erige como una prerrogativa para ellos. Pero también, atendiendo a su alta responsabilidad, implica una carga: sus renuncias únicamente serán procedentes cuando se trate de una “causa grave”, deberán presentarse al Ejecutivo Federal y, si este las acepta, las enviará al Senado para su aprobación. 

A grandes rasgos este es el procedimiento de renuncia de ministros, que, si bien está regulado desde la Constitución, tiene ciertas lagunas legales que le restan certeza, en específico por lo que respecta a quién y cómo se debe calificar la “causa grave”, así como a la falta de una votación mínima necesaria en el Senado para aceptar las renuncias, lo cual es relevante tomando en cuenta que es dicha Cámara la que, con una mayoría calificada de dos terceras partes, aprueba los nombramientos de ministros. 

Lo cierto es que, si la Constitución no dispone expresamente una mayoría específica para la aprobación de renuncias, no se puede exigir más que una mayoría simple. Es decir, la mitad más uno de los senadores presentes en la sesión bastaría para aprobarlas.

La indeterminación del concepto de causa grave y de la votación necesaria en el Senado ha tenido como consecuencia que las dos renuncias recientes de ministros carezcan de transparencia, fundamental en una democracia como la que México es, o pretende ser. 

Antes de la de Zaldívar, con el actual diseño de la Corte hay solo un precedente directo: la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora en octubre de 2019. En ambos casos las y los mexicanos no hemos podido conocer las “causas graves” que los motivaron a renunciar, insisto, no solo a su cargo, sino a su deber constitucional.

Los artículos 96 y 89, fracción XVIII, constitucionales regulan el procedimiento para nombrar a un ministro: el presidente de la República somete una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de los aspirantes deberá elegir a quien cubrirá la vacante, para lo cual es necesario el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes (mayoría calificada). Si la Cámara Alta no resuelve en 30 días, el Ejecutivo designará al ministro y si la terna es rechazada en su totalidad, el Presidente deberá presentar una segunda terna. Si esta también es rechazada, el Ejecutivo designará al ministro.

De ahí deriva el deber del mayor juez constitucional.

Por su lado, el artículo 49 constitucional establece la división de poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Sin embargo, a pesar de dicho principio rector del Estado mexicano, nuestro orden jurídico da muchas veces preferencia al titular del Ejecutivo Federal. Muestra de ello es precisamente el procedimiento de nombramiento de ministros.

La renuncia de Zaldívar pone en entredicho una vez más la división de poderes, fundamental para que el poder no sea ejercido de manera absoluta y arbitraria por una sola persona o un solo órgano (a lo cual, en la práctica, estamos cada vez más cerca).

El procedimiento de renuncia de ministros debe entenderse como paralelo al de sus nombramientos. Si bien para designarlos hay reglas claras, con intervención de los otros dos Poderes, para aprobar sus renuncias no las hay, lo que deja la decisión- con su correspondiente calificativa de gravedad de la causa que origina la renuncia- a la completa y arbitraria discreción del Presidente de la República, y a una mayoría simple del Senado.

Arturo Zaldívar expresó que sus aportaciones en la Corte “se han vuelto marginales”, así como que es “de la mayor importancia” sumarse a la transformación de México. Horas después, la virtual candidata presidencial del oficialismo subió una foto con el aún ministro, quien olvidó muy rápido la división de poderes y la independencia judicial, que implica que los juzgadores no se encuentren ligados a presiones ni internas ni externas.

Tal vez el ministro confunde ese movimiento de “transformación” al que entre líneas refiere, el de López Obrador, con el constitucionalismo transformador, que implica un rediseño constitucional de las instituciones para volverlas más democráticas y coherentes con las exigencias sociales. Nada más alejado de este constitucionalismo, que el obradorismo.

Si en la vida no hay coincidencias, en política menos. Arturo Zaldívar, un juez constitucional, es hoy un alfil más en el tablero de quienes dicen ser una transformación. Sin duda, su actuar resta a la ya de por sí frágil legitimidad del Poder Judicial, constantemente atacado desde el Legislativo y Ejecutivo por serles contrapeso.

La renuncia del ministro Zaldívar, más allá de las críticas que a él se puedan hacer, debe servir para reflexionar sobre la necesidad de reformar tanto al rancio presidencialismo mexicano como a los procedimientos de nombramiento y renuncia de ministros, para que dejen de ser una moneda de cambio para el partido o presidente en turno.

La labor del juez constitucional se remite al deber de velar por la observancia de la Constitución. Quien renuncia a dicho cargo también renuncia a ese deber. Y no hay sentencia o criterio que aminore el hecho de haberse sometido a otro Poder.

*Licenciado en Derecho por la IBERO. Maestrando en Derecho Constitucional, Escuela Libre de Derecho y en Administración Pública, Anáhuac. Asociado Senior en Conesa y Moreno Abogados (CYMA).

@AndresAlSil

SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

Recibe las noticias más relevantes de México cada mañana, inicia tu día informado.