76 de cada 100 feminicidas están libres en México

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“Una pareja de novios estaba discutiendo, él, enojado, la golpeó varias veces en la cabeza, hasta que la mató. Luego él metió el cuerpo de ella en un par de costales que amarró a una motocicleta blanca y condujo hasta las afueras de la ciudad, donde arrojó el cuerpo de la mujer y huyó”, fue la teoría de la fiscalía de Guanajuato, acerca de cómo uno de los tantos feminicidas impunes que hay en el país se deshizo del cuerpo de su víctima.

Durante la investigación del asesinato, un policía revisó las imágenes de las cámaras de videovigilancia y encontró que una motocicleta blanca pasó por un arco con dirección a San Felipe, en las afueras de la ciudad, la noche que se cometió el crimen. Dos minutos después, la moto pasó de regreso.

El sistema también detectó las placas, así que la policía aseguró la moto; encontró dos manchas de sangre, las analizó y descubrió que pertenecían a la víctima. Como la motocicleta estaba a nombre de la madre del acusado, entraron al domicilio de ambos para buscar más pruebas y encontraron costales de azúcar de 50 kilos.

Todo indicaba que el agresor iría a prisión. Pero no fue así. Faltó un paso, se lee en la publicación Feminicidas libres, de la asociación Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).

O el policía no avisó que utilizó el sistema de monitoreo o no avisó que al consultarlo, encontró una pista, lo que hizo que el aseguramiento del vehículo fuera ilegal, pues las autoridades debían registrar que la motocicleta estaba relacionada con el asesinato antes de ir por ella.

Además, no se supo qué pasó con la motocicleta durante una hora 39 minutos, cuando la grúa tardó solo siete minutos del lugar en donde estaba la moto hasta la pensión. Lo que, para el juez, ponía en duda el origen de las manchas de sangre.

El presunto feminicida quedó en libertad por omisiones de las autoridades, misma razón por la que al menos 17 acusados más se declararon inocentes, de acuerdo a las únicas 18 sentencias absolutorias transparentadas que sí fueron entregadas a MCCI (de 105 sentencias absolutorias de las entidades que sí respondieron).

Con más claridad, es grave que no se acredite un feminicidio porque las autoridades violan el debido proceso. Eso significa que cuando se investiga, los policías deben seguir ciertos pasos en orden y sin omitir ningún tipo de información, pero no siempre es así, lo que provoca que algunas pruebas no sean consideradas (como el caso de la sangre en la motocicleta).

De acuerdo a MCCI, algunas de las razones por las que las autoridades violaron el debido proceso, cuando investigaban un feminicidio, son: “haber tomado declaraciones sin presencia de abogados o porque no se tomaron suficientes evidencias en la escena del crimen o del cuerpo de la víctima”.

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¿Cuántos feminicidios se castigaron?

De 2012 a 2018, las autoridades registraron tres mil 56 feminicidios a nivel nacional, pero solo en el 24% de esos delitos se encontró a un culpable (739). En otras palabras, ocho de cada diez feminicidios no se castigaron en ese periodo de tiempo.

Además, en el 57% de esos tres mil 56 casos de feminicidio se encontró a una persona sospechosa del crimen (es decir en mil 732 casos). De ese número de sospechosos, solo al 49% se les investigó (844).

De esos 844 sospechosos que sí se llevaron a juicio (o que sí se investigaron), 88% fueron condenados (739), mientras que el 12% restante fueron absueltos; es decir, no se encontraron las pruebas suficientes para acreditar su culpabilidad en el delito, según MCCI.

Hay más feminicidios y menos feminicidas

En México, las familias de las mujeres que son asesinadas con violencia no solo tienen que soportar la idea de que su ser querida ya no esté a su lado, también tienen que enfrentar un sistema judicial que invisibiliza el contexto de violencia en el que las están matando.

De cada 100 homicidios dolosos de mujeres, 46 debieron ser tipificados como feminicidios lo que significa que “no se están visibilizando como tal y que, en muchos casos, las matan quienes se supone que las aman”, declaró Valeria Durán, periodista de MCCI (que fueron quienes hicieron la investigación), en entrevista con Cuestione.

De acuerdo al Código Penal Federal, existen siete razones de género por las que matar a una mujer puede ser considerado un feminicidio: 

  1. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
  2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
  3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
  4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
  5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
  6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
  7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

La investigación Feminicidas libres señala que en los casos de homicidios dolosos de mujeres que no fueron catalogados como feminicidios, entre 2012 y 2018, se identificaron causas de muerte que corresponden a la primera razón de género (la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo) o a la segunda (que a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida) señaladas en el Código Penal.

En la siguiente gráfica se observan todas las causas de muerte de los homicidios dolosos que no fueron clasificados como feminicidios en el período analizado; siendo tres las principales: arma blanca (49%), asfixia o estrangulamiento (21%) y golpes, traumatismo o uso de la fuerza (17%).

Que a una mujer la maten a balazos en México no es considerada una razón de género aunque “activistas han peleado por años (que así se haga) porque ha aumentado. En varias ocasiones se invisibiliza (por las autoridades) diciendo que estaba en zona de narcos y que fue un ajuste de cuentas, cuando a muchas las matan (con arma de fuego) en su casa”, mencionó Valeria Durán.

Y es que el solo hecho de que una mujer muera a balazos no entra en ninguna de las siete razones de género; a menos de que en el cuerpo de la víctima atacada con un arma de fuego también se encuentre algún signo de violencia sexual o tortura, o bien, se compruebe alguna de las razones de género estipuladas en el Código Penal.

Cuatro mil 304 mujeres fueron asesinadas con un arma de fuego entre 2012 y 2018, pero no se tiene la certeza de cuántos casos debieron investigarse por razón de género.

¿Cuáles son las estimaciones de feminicidios para 2019?

Tomando como referencia el porcentaje encontrado por MCCI –que 46% de los homicidios dolosos de mujeres debieron registrarse como feminicidios– y haciendo una estimación sobre las cifras oficiales reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2019, encontramos lo siguiente:

El SESNSP registró tres mil 828 asesinatos de mujeres en el año 2019, en México. De los cuales, dos mil 818 se catalogaron como homicidios dolosos y mil 10 como feminicidio. 

En el supuesto de que el 46% de los homicidios dolosos de 2019 también debieron tipificarse como feminicidios, estimamos que mil 296 (de dos mil 818 homicidios dolosos) serían feminicidios mal clasificados.

Entonces, si hubiera mil 296 feminicidios más, el estimado total de feminicidios de 2019 sería dos mil 306 feminicidios en 2019, un probable aumento de 128% respecto a los que registró el SESNSP.

Y más allá de las estimaciones, hay dos certezas:  una, que la tasa de asesinatos de mujeres aumentó 78% en cuatro años, pasando de 5.9 víctimas de homicidio doloso o feminicidio por cada 100 mil mujeres en 2015, a 10.5 en 2019, de acuerdo al SESNSP.

Y la segunda, que 8 de cada 10 culpables de asesinatos de mujeres que sí se clasificaron como feminicidios están en las calles, libres, entre las y los ciudadanos.

¿Hasta cuándo tendremos un sistema judicial competente para castigar, al menos, a la mayoría de los feminicidas?

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