En México hay un vacío cuando se habla de prisión preventiva: Bachelet

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Alertó sobre reformas al Código Penal

La alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, fue clara y contundente: las acciones que ha emprendido el gobierno de Andrés Manuel López Obrador tienen un vacío cuando se habla de prisión preventiva oficiosa.

Bachelet había reconocido la acciones de la actual administración por alcanzar la verdad en el caso Ayotzinapa, cuya nueva investigación será vigilada por la ONU; así como el acuerdo por el que se ofrecerá asesoría y operación de la Guardia Nacional.

Sin embargo, dijo, “esta saludable tendencia no se reconcilia con la reciente extensión del catálogo al que se le aplica la prisión preventiva oficiosa, figura que trastoca la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal”, al presentar un balance de su visita de cinco días a México.

La alta comisionada centró su encuentro con el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, en la conformación de una hoja de ruta que haga frente a la prisión preventiva oficiosa, que fue aprobada por 20 congresos locales el pasado 4 de abril.

La alerta de Ginebra

No es nueva la preocupación por el tema. El 30 de noviembre de 2018, en Ginebra, Suiza, sede del Consejo de Derechos Humanos, un grupo de trabajo de la ONU alertó sobre reformas al artículo 19 constitucional de México, al Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, las leyes contra la Delincuencia Organizada, de Armas de Fuego y Explosivos, en Materia de Delitos Electorales y para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Hidrocarburos.

“Preocupa que algunos actores de la política y la sociedad insistan en extender el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa y colocar a más personas bajo un régimen de detención que no es compatible con la libertad personal”, expuso Elina Steinerte, vicepresidenta del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria.

¿En qué radica el problema?

La prisión preventiva oficiosa trastoca el artículo 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que “Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. La prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general, pero su libertad podrá estar subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del acusado en el acto del juicio, o en cualquier momento de las diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del fallo”.

Con ello, por el sólo hecho de enfrentar una acusación penal, cualquier persona puede ser detenida y ser encarcelada por un largo periodo antes de examinar los hechos del caso; es decir, pasa a ser presuntamente culpable sin investigación de por medio.

Desde el 4 de abril, si recibes en México una acusación por abuso sexual contra niños, niñas o adolescentes, feminicidio, robos a casa habitación o a transporte de carga, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, enriquecimiento ilícito, abuso de funciones, huachicoleo, desaparición forzada y portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de la Guardia Nacional y Fuerza Aérea, serás encarcelado inmediatamente, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Oídos sordos en San Lázaro

En una carta enviada al legislativo el pasado 23 de enero de este año, la ONU acusó que “la prisión preventiva oficiosa puede ser una medida a la que las autoridades recurren a fin de anticipar la imposición de penas y emplear las herramientas del derecho penal para fines ilegítimos, como la represión de movimientos sociales, de manifestaciones públicas, el ataque a personas activistas, opositoras o defensoras de derechos humanos”.

Incluso el 7 de febrero, Jan Jarab, representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), en una audiencia en San Lázaro dio santo y seña de los contras de las reformas al artículo 19 constitucional.

“La prisión preventiva oficiosa ya existe. Pero su introducción a nivel constitucional en 2008 se puede ver como un socavón que desde hace una década menoscaba el estado democrático de derecho en México. Y es difícil entender por qué, estando en el socavón, se pretende socavar aún más ¡en vez de intentar salir ya, cuanto antes, del socavón!”.

Y retomó el caso de Librado Baños, un activista que pasó cinco años en la cárcel esperando la sentencia absolutoria que llegó en 2018. Las pésimas condiciones de encarcelamiento cobraron factura en su salud y quedó ciego.

Otro caso fue el de Corina y Denise, “dos mujeres inocentes, torturadas sexualmente, que pasaron más de cinco años en la prisión preventiva oficiosa sin posibilidad de ser liberadas –hasta la sentencia absolutoria– y de varias otras mujeres, víctimas de tortura sexual, con delitos fabricados”.

CNDH alza la voz

Ante este contexto, en el encuentro de Bachelet con el presidente de la CNDH, éste último le manifestó que la medida transgrede derechos humanos como la libertad personal, de tránsito, al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia y contraviene al derecho internacional de los derechos humanos.

“Dicha medida debe ser el último recurso para contrarrestar los riesgos procesales a que alude la Constitución Mexicana, por lo que no se justifica ampliar el catálogo de delitos graves que la ameriten, de ahí que el Organismo Nacional demanda reforzar las medidas de formación y capacitación de las y los operadores del Sistema de Justicia Penal”.

¿Desaparecerá la CNDH?

Y en el colmo, un medio mexicano dio a conocer que el Gobierno Federal alista la desaparición de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para sustituirla por una Defensoría del Pueblo, basada en un modelo que opera ya en… Bolivia, Nicaragua y Venezuela.

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