Aborto, marihuana, matrimonio igualitario, ¿a quién le toca decidir estos temas?

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¿Las mujeres deberían poder interrumpir su embarazo porque no desean convertirse en madres? ¿La marihuana debería ser legal para consumo recreativo? ¿Las parejas de personas del mismo sexo deberían acceder a los mismos derechos que las parejas formadas por una mujer y un hombre?

Es posible que si tu postura social, política y económica es de tinte conservador tu respuesta sea un rotundo no en más de una pregunta. Y, por el contrario, si tiendes a una visión más liberal y progresista, habrás respondido que sí en la mayoría de los casos. 

Pero te tenemos una noticia. En México la respuesta no depende de ti, sino de las decisiones que tome la persona que ocupa la Presidencia y las que están en su gabinete, el cuerpo legislativo del Congreso de la Unión y los Congresos locales, las autoridades judiciales y quienes integran la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Para eso las elegimos.

Ojo. Esto no quiere decir que la decisión dependa del tipo de ideología personal de las y los funcionarios públicos… o no tendría que ser así. Los tres poderes de gobierno deben tomar decisiones con apego a los derechos establecidos en la Constitución y en instrumentos legales internacionales.  

Los derechos humanos, los fundamentales

Sin embargo, aún no todo está escrito en la Constitución. De hecho, es un documento al que desde 1917 se le han hecho diversas modificaciones para incorporar o ampliar derechos y derogar artículos que ya no son vigentes. 

De entrada, ¿desde qué visión está planteada la Constitución? Después de la Revolución Mexicana nuestro país adoptó un modelo político democrático y un modelo económico mixto. Esto quiere decir que la población elige a sus autoridades para que nos representen en la toma de decisiones y, al mismo tiempo, garanticen el cumplimiento de la Constitución, pero siempre a través de mecanismos de participación ciudadana para que nuestras opiniones también se escuchen.

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Con un modelo económico mixto, el sector privado participa junto al sector público en la satisfacción de bienes y servicios para la sociedad, pero siempre y cuando el gobierno regule la actuación de las empresas

Y esto rige, en teoría y a grandes rasgos, la toma de decisiones políticas, económicas y sociales de nuestro país. 

Pero en 2011 la Constitución se modificó para agregar un nuevo enfoque: se reformó el artículo primero para garantizar, promover y respetar los derechos humanos reconocidos por las Naciones Unidas luego de la Segunda Guerra Mundial.

Estos derechos garantizan la vida digna de las personas y son inherentes a todas sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Y en los años recientes, estos derechos han regido las decisiones de las autoridades en la mayoría de las controversias

Entre los derechos humanos se incluyen el derecho a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, entre otros. 

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La Constitución mexicana dice que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y de generar en cada momento histórico una mayor y mejor protección de estos sin ninguna justificación de retroceso

También establece que se reconocerán como obligatorios los tratados internacionales, por lo que en caso de controversia de esas garantías con alguna establecida en una ley nacional o local, se deberá interpretar “favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia”.

Esto quiere decir que cuando una autoridad tenga que elegir qué norma aplicar a un determinado caso, deberá elegir la que más favorezca a la persona, sin importar si se trata de la Constitución, un tratado internacional o una ley. A esto también se le conoce como principio “pro persona”.

¿Cómo se toman las decisiones en los temas controversiales?

Además del aborto, el consumo de marihuana y los matrimonios entre personas del mismo sexo, en la sociedad mexicana actualmente hay diferencias de pensamiento sobre los límites de la libertad de expresión, el nivel de involucramiento del gobierno con la iglesia y las empresas (y viceversa), la obligatoriedad del servicio militar, la prostitución, los vientres de alquiler,etc. 

Por la estructura del gobierno mexicano, cualquier caso específico en el que exista alguno de estos debates deberá resolverse en los tribunales con base en los derechos que establecen las leyes y específicamente la Constitución.

En caso de controversias porque se contraponen dos derechos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá con base en la Constitución y priorizando los derechos humanos

Cuando más de cinco casos individuales sobre un mismo tema llega a la SCJN, las leyes y reglamentos nacionales o locales pueden modificarse para que la Corte ya no tenga que tomar una nueva determinación al respecto, sino que la decisión que ya tomó antes se convierta en ley y sea la regla y no la excepción.

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Estos temas también los discute el Congreso de la Unión y las Cámara de Diputados locales (que gozan de independencia legislativa para sus estados). Ahí, las y los legisladores presentan propuestas para crear una nueva ley -o para reformar una que ya existe- sobre un tema que sea de interés de la ciudadanía, pero siempre basada en la mejora y mayor protección de los derechos reconocidos en la Constitución, no en retroceso.

Pongamos un ejemplo real: 

Desde que se despenalizó el aborto en la Ciudad de México, algunos congresos locales modificaron sus constituciones para “proteger la vida desde la concepción” y así evitar que se practicaran abortos. 

Luego una Norma Oficial Mexicana para casos de violencia sexual estableció la obligación de todas las instituciones públicas de salud a nivel federal y local de garantizar la interrupción legal del embarazo en casos de violación.

Con el argumento de que eso violaba un derecho protegido en sus constituciones, algunos gobiernos estatales presentaron amparos para evitar practicar abortos a las víctimas de violación

Los casos llegaron a la SCJN, que el pasado 5 de agosto determinó que el Estado debe garantizar el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en caso de violación, con toda rapidez y sin imponer ningún requisito en todo el país, ya que no violaba las constituciones locales sino que, al contrario, actualizaba la Ley General de Víctimas para garantizar el acceso inmediato a estos servicios de salud.

¿Las minorías o las mayorías deben mandar? Los derechos no se consultan 

Lejos de actualizar los marcos normativos para homologarlos con los tratados internacionales, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha propuesto hacer consultas ciudadanas para temas controversiales en los que están en juego los derechos humanos. 

Por ejemplo, ha dicho en más de una ocasión que someterá a consulta la despenalización del aborto; sin embargo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (del sistema de justicia internacional) ya ha resuelto en otros países que prohibir el aborto atenta contra el derecho a la vida de las mujeres. 

Su argumento para hacer consultas ciudadanas ha sido que las decisiones las han tomado históricamente élites empresariales y políticas, esto especialmente en temas de proyectos económicos, como el caso del Nuevo Aeropuerto Internacional que se construiría en Texcoco.

A la práctica a la que se refiere López Obrador se le conoce como captura corporativa del Estado y se refiere (de acuerdo con la Red-Desca) al uso de la influencia corporativa para suavizar las leyes, debilitar los poderes regulatorios, corromper las elecciones, utilizar los servicios de seguridad del Estado contra las comunidades, entre otras prácticas para debilitar a las instituciones estatales y empoderar a las empresas. 

Si bien la decisión de unos cuantos también puede ir en contra de los derechos humanos fundamentales, ¿imponer la ideología de la mayoría de la población resuelve el problema? ¿Por qué López Obrador pretende someter a consulta libertades ya conquistadas?

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