La Corte mantiene a Alejandra Cuevas en la cárcel, pero promete analizar a fondo el caso

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Alejandra Cuevas, acusada por el homicidio doloso de Federico Gertz Manero, hermano del Fiscal General de la República, estuvo a un voto de salir de la cárcel este 14 de marzo, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió un proyecto de resolución que planteaba otorgarle un amparo que la dejaba en libertad.

El proyecto rechazado también planteaba que la jueza responsable, la que emitió la orden de aprehensión contra Cuevas el 22 de enero de 2020, debía emitir una nueva resolución, considerando con exhaustividad los elementos de prueba presentados.

Lo anterior implicaba la posibilidad de que se emitan nuevas órdenes de aprehensión y auto de formal prisión, explicó en Twitter Lorenza Urias, Técnica Operativa adscrita al área de asesores de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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Los ministros y ministras rechazaron el proyecto de resolución 541/2021 con 10 votos en contra, pero cinco de los 11 integrantes de la Corte se pronunciaron por otorgar a Alejandra Cuevas un amparo liso y llano, es decir, uno que la hubiera liberado inmediatamente y también habría cancelado el proceso penal al que está sujeta.

Con un voto más, se habría obtenido una mayoría simple (la mitad más uno) a favor de liberar a la mujer acusada de ser garante accesoria de los cuidados de Federico Gertz Manero… una figura que no existe en la legislación mexicana.

En derecho, un garante es una persona sobre la cual recae el deber jurídico de actuar para impedir que se produzca un resultado que es evitable. De omitir ese actuar surge el concepto de comisión del delito por omisión. 

El fiscal Alejandro Gertz Manero acusa a Laura Morán, madre de Alejandra, de homicidio doloso por omisión de auxilio. La señora Morán, de 95 años, fue concubina de su hermano y Gertz la señala como garante directa de brindarle cuidados y a su hija, Alejandra Cuevas, la señala como garante accesoria. Esta es una de las varias inconsistencias del caso.

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En redes sociales, la decisión de la Corte ha generado opiniones opuestas: hay quienes consideran que la SCJN en su conjunto se doblegó ante Alejandro Gertz Manero y quienes creen que él perdió.

La resolución se votó 10 días después de que se dieran a conocer audios en los que el Fiscal Alejandro Gertz Manero asegura que tuvo acceso al proyecto de resolución antes de que este se hiciera público. De hecho, no hay versión pública del proyecto, confirmó el área de Comunicación de la Corte a Cuestione.

“Se quedó cortó”

En dichos audios, Gertz Manero habla con Juan Ramos López, fiscal especializado de control competencial, sobre el sentido de la resolución. Tras leer que el proyecto “concede el amparo y ordena una nueva resolución que deberá corregir las deficiencias formales que hay en el caso”, Gertz le pregunta a Ramos López “¿qué le parece?”, y este último responde: “pues se quedó corto”.

Tras la filtración de estos audios, la familia de Alejandra Cuevas exigió que la SCJN emitiera un amparo liso y llano pues la resolución planteada la liberaba pero mantenía el proceso penal y temían que regresar al sistema de justicia pusiera a Cuevas en riesgo.

“Queremos que decreten la libertad inmediata, y si no es así, entonces pedimos un proyecto nuevo que entre al fondo del asunto, porque no queremos que el caso salga de ninguna manera de la Suprema Corte. Regresarlo a la justicia capitalina pondría a mi mamá en grave peligro. Es como si la regresaran con los verdugos”, dijo Alonso Castillo Cuevas, hijo de la detenida, a Animal Político.

¿Gertz usó su poder?

En los mismos audios, el fiscal Gertz Manero aseguró que le había enviado el proyecto de resolución al ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar y que era posible parar el proyecto “con un solo ministro que diga que no y que necesita tiempo para estudiarlo”; además, dijo contar con tres o cuatro ministros que no dejarían pasar el proyecto.

“Yo le mando esto al presidente de la Corte y me dijo que si hay un solo ministro, que diga que no y que necesita tiempo para estudiarlo. Con que yo tenga dos o tres (ministros) que le digan no, no, espérate tantito, lo paran, ¿eh? Tenemos tres o cuatro ministros, que nomás no se le van a dejar pasar”, dice Gertz al fiscal Juan Ramos López.

En la votación del 14 de marzo, cinco ministros y ministras votaron a favor del amparo liso y llano: Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez Potisek.

Como lo mencionó Alejandro Gertz en los audios filtrados el 4 de marzo, un ministro se pronunció por el análisis de fondo, Jorge Mario Pardo Rebolledo. Cuatro votaron en contra: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmin Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y el propio Arturo Zaldívar.

Los riesgos

El abogado Luis Fernando García, director de la Red por los Derechos Digitales, planteó la posibilidad de que esta decisión de la Corte permita al fiscal Alejandro Gertz Manero retirar los recursos de revisión (conocidos comúnmente como impugnaciones) que interpuso contra el amparo ganado por Alejandra Cuevas.

Retirar los recursos evitaría que la Corte “emita una sentencia que ampare lisa y llanamente a Alejandra Cuevas, quede firme la sentencia del juzgado de distrito y el juez penal emita una nueva resolución que la mantenga en prisión”, escribió en Twitter.

El abogado constitucionalista Daniel Torres Checa secundó esta opinión, señalando que el siguiente paso en el proceso sería confirmar un amparo para efectos, es decir, un amparo cuyos efectos los decidirá un juzgado de primera instancia y no la Corte, lo que implica el riesgo de que esta sala se “doblegue a los intereses de Gertz”, dijo el abogado en Twitter.

Sobre los amparos para efectos, el abogado Luis Tapia, experto en derechos humanos, dijo a Cuestione que es un tema central: “Los tribunales de amparo suelen negarse a revisar el fondo de varios casos (para conceder amparos lisos y llanos) argumentando que no pueden sustituir a la responsable”.

Lo anterior significa que no pueden tomar el lugar del juez o la jueza de primera instancia debido a que los juzgados de amparo son jueces constitucionales, no jueces de instancia (jueces penales).

Tapia agregó que si la Corte envía el mensaje de que los juzgados de amparo pueden sustituir a la responsable, eso puede ayudar a que los amparos tengan un efecto más inmediato y palpable en la vida de las personas y a que sientan que se les impartió justicia.

Incluso, dijo que la relatoría de independencia de magistrados y abogados que hizo la ONU tras una visita a México en 2001, dijo que genera preocupación el otorgamiento de amparos para efectos. 

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