El nacimiento de la cuota de género y la deuda que aún existe

Compartir:

Las reformas más importantes en materia electoral en el país se han realizado bajo ciclos electorales, sin embargo, hubo una modificación en 2002 que también cambió el sistema electoral en México y que permitió hablar de paridad de género en cargos de elección popular.

La reforma del 2002 al entonces llamado Instituto Federal Electoral (IFE) obligó por ley a incluir una cuota de género del 30% para la postulación de candidaturas de mujeres al Senado y la Cámara de Diputados, con especial énfasis en las listas de representación proporcional. Así la “cuota” quedaría de 70% de hombres y 30% mujeres. 

Te recomendamos: El engañoso aumento al presupuesto de género del gobierno de AMLO

De acuerdo con Leticia Bonifaz, directora de Derechos Humanos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desde 1993 la paridad de género ha avanzado muy lenta y se establecieron las cuotas de género para obligar a que la participación de la mujer en la política aumente paulatinamente.

“Bajo el principio de que la representación debe de corresponder a la realidad del mundo y del país, en donde el 49% son hombres y 51% mujeres”, nos dijo Leticia Bonifaz.

De acuerdo con la entrevistada, fue 2018 el primer año donde México tuvo una legislatura con paridad de género, ya que en el Congreso se llegó a la representación del 50 y 50, entre hombres y mujeres.

A pesar de haber llegado a una legislatura con paridad de género, Leticia Bonifaz nos explica que el impulso a la participación de la mujer en la política comenzó en 1953, cuando se votó por que una mujer fuera senadora y otra diputada.

“Ahora seguimos contando con los dedos de las manos a las gobernadoras que hay en el país. Es por esto que se colocaron las cuotas de género, ya que no había alicientes o incentivos para aumentar la participación de las mujeres”, detalló.

De acuerdo con Flavia Freidenberg y Raymundo Alva Huitrón, autores de “La representación política de las mujeres en México”, publicación del Instituto Nacional Electoral y de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la primera legislación electoral que “sugería” aumentar la participación de las mujeres, fue en 1993 y tenía un diseño de mínima naturaleza.

“La legislación tuvo un avance significativo en 2002, cuando se pasó de las meras recomendaciones, sujetas a la voluntad política de los actores involucrados, a las obligaciones de los partidos para su cumplimiento”, explica el libro.

También te puede interesar: Paridad de género en México: La ONU ve avances pero la violencia sigue creciendo

En el texto, se expone que en la reforma electoral del 2002 se incluyó un mecanismo con el que se propiciaría la creación de “candidaturas efectivas”. A través del establecimiento de segmentos de tres propuestas con al menos una candidatura de género distinto.

En el caso de que no se cumpliera esta disposición, las sugerencias para ocupar el cargo público serían sancionadas bajo la figura de “registros negativos”.

“La reforma del 2002 no fue propiamente una reforma electoral, sino una reforma para introducir las cuotas de género. Su antecedente fueron los acuerdos de la Convención de Beijing, en 1995, lo que se buscaba era que comenzaran a existir más espacios para las mujeres en la vida pública”, nos dijo Arturo Espinosa, fundador y director de Strategia Electoral, consultoría especializada en materia electoral y constitucional.

¿Se cumplió ese requerimiento? “No, por supuesto que no, los partidos no lo hicieron, se introduce la cuota obligatoria de género en la reforma constitucional de 2007 y en 2008 ya fue la reforma legal”, señaló Espinoza.

¿Cómo hacer esto efectivo?

Para que se cumpla el establecimiento de una cuota de género o una obligación marcada en la ley, además de un castigo efectivo, también existen mecanismos que hacen más sencillo las políticas que benefician a personas vulnerables, como el caso de la acción positiva o acción afirmativa en Estados Unidos.

La acción afirmativa consta de políticas que permiten favorecer a los grupos minoritarios o “vulnerables” que han sido menos beneficiados de las políticas sociales, debido a la discriminación.

En su mayoría, la “affirmative action” ha servido para la aplicación de políticas y programas sociales en EU que beneficien a la implementación de la cuota de género en puestos laborales o escuelas.

Para conocer más: Reasignan 71% de presupuesto de género a programas sociales de AMLO

Además, esto ha permitido que las universidades en ese país tomen en cuenta el factor racial para garantizar el ingreso de las y los alumnos a las instituciones escolares.

La acción afirmativa fue aprobada en los década de los 60 y buscaba garantizar a las minorías su acceso a la educación superior, sin que su raza o recursos económicos fueran un impedimento.

Las “Juanitas”

En la reforma del 2007 y 2008, se les obligó a los partidos a cumplir con un 40% de participación de mujeres entre las personas aspirantes a un lugar en el Congreso.

“La primera elección en la que se hace efectiva esta Ley, es la del 2009, y de ahí viene el caso de las ‘Juanitas’, en las que se postularon a mujeres, aunque no llegaron al 40% del total. Lo que hicieron es que llegando al Congreso, al tomar posesión, renunciaron o pidieron licencia, subieron sus suplentes, que eran hombres, y se les conoció como ‘Juanitas’”, explicó el fundador de Strategia Electoral.

Este término se usó en 2009, cuando Clara Brugada y Rafael Acosta Ángeles, alias Juanito, comenzaron a pelear por la delegación Iztapalapa, como lo detallamos en esta nota

En 2009, Brugada fue Procuradora Social del Distrito Federal y renunció al cargo para poder contender por la candidatura de la delegación Iztapalapa con el Partido de la Revolución Democrática (PRD). 

Ganó la candidatura en el PRD y días antes de que se realizaran las elecciones, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió anular su participación. 

Silvia Oliva Fragoso, la otra candidata del PRD para contender por la delegación ganó la candidatura. Andrés Manuel López Obrador intervino y postuló a un candidato del Partido del Trabajo (PT) para competir contra ella. 

Su intención era que al ganar la elección, Rafael Acosta Ángeles alias, Juanito, renunciara al cargo y Brugada podría ser oficialmente jefa delegacional.

Pero hubo algunas complicaciones para que esto sucediera. Cuando Juanito ganó las elecciones, le otorgó a Clara Brugada el puesto de directora jurídica de Iztapalapa, así él podría solicitar una licencia y Brugada tomaría el control de la delegación. 

Pero Juanito se arrepintió y decidió retomar el cargo de jefe delegacional en noviembre. Clara Brugada solicitó a Marcelo Ebrard, entonces jefe de gobierno del Distrito Federal, que la Asamblea del DF removiera a Acosta Ángeles del cargo y en diciembre del 2009, por fin, Brugada tomó posesión del cargo de jefa delegacional.

Pero no fueron los únicos que hicieron algo similar. Según el portal Reporte Índigo, en septiembre de 2009, en la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, 10 diputados electos solicitaron licencia para dejar el cargo y así su suplente podría ocupar el lugar. 

De estas 10 solicitudes de abandonar el cargo, ocho eran de mujeres, cuyos suplentes eran hombres. 

También podría interesarte: Refugios sufren recortes pero siguen atendiendo a víctimas de violencia de género 

“A raíz de eso viene una sentencia importante, la 12624 de 2011 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en donde se dice, ‘a ver, el cumplimiento de la cuota 60 y 40% es obligatoria’”, explicó Arturo Espinosa, fundador y director de Strategia Electoral.

En la reforma electoral había una salvedad, explica el experto, porque se decía que si provenía de procedimientos democráticos, es decir, de procesos de selección dentro del partido político, no se podía garantizar que fueran mujeres.

Con la reforma en 2008 y tras esta sentencia, el Tribunal Electoral ordena que el cumplimiento de la cuota de género sea independiente al proceso de selección y que siempre se debe de cumplir. 

Como respuesta específica a los casos de las “Juanitas”, el tribunal estableció que las fórmulas para garantizar la conformación del Congreso, tendrán que ser hombre-hombre y mujer-mujer, o sea, tanto suplentes como titulares en la contienda por diputaciones y lugares en el Congreso. Las primeras elecciones con este tipo de candados fueron las del 2011. 

En el 2014 ya se hablaba del principio de paridad en la asignación de candidaturas. Este principio se aplicó incluso a nivel municipal, y su primera aplicación fue en los procesos electorales del 2014-2015, de acuerdo con lo descrito por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Fue en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Partidos Políticos que se garantizó el derecho de las mujeres que fueran afectadas en sus intereses políticos por el desacato al principio de paridad

“Sí, por ahí se empieza, porque las mujeres comiencen a ocupar los cargos públicos por ejemplo, en el Congreso. Nosotros tenemos uno de los congresos del mundo más paritarios, es prácticamente 48% de mujeres y 52% de hombres. Pero más allá de eso el problema es que el Congreso paritario no ha sido suficiente”, explicó Arturo Espinoza.

Más sobre el tema: Denuncias por violencia familiar siguen creciendo

El experto señala que el siguiente paso en México es que las mujeres ocupen cargos públicos con mayor relevancia, en los que tengan poder de decisión en todos los niveles de gobierno. 

“Por ejemplo, las presidencias de las comisiones no se las dan a mujeres, son pocas. Las mujeres en el Congreso y en el gabinete aún no tienen puestos relevantes ¿Cuántas gobernadoras tenemos? Dos. ¿Cuántas coordinadoras parlamentarias tenemos? ni una, no hay”, concluye.

Si una cuota de género establecida por la Ley no es suficiente, ¿qué es necesario que pase para que las mujeres por fin tengamos un papel relevante en la política del país?

SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

Recibe las noticias más relevantes de México cada mañana, inicia tu día informado.