¿Citlalli Hernández le copia delitos electorales a Monreal?

Compartir:

La senadora con licencia por el partido Morena, Citlalli Hernández violó la ley electoral luego de llamar, en sus redes sociales, al “voto masivo” por el candidato de su partido en Hidalgo, el mismo día de la elección.

El domingo la senadora escribió en su cuenta de Twitter que habría “#VotoMasivoPorMorena en Hidalgo y Coahuila”.

En seguida, el tuit fue señalado por las autoridades electorales como un delito. Aunque la militante intentó defenderse, no sirvió de mucho, pues este tipo de acciones infligen lo especificado en la ley, y en su posición de funcionaria pública se incumplió.

Para saber más: Elecciones de 2021 serán con las reglas que existen desde 2014

El tuit de la senadora con licencia fue borrado de su cuenta de Twitter, pero algunos usuarios lograron obtener algunas capturas de pantalla.

De acuerdo con Ciro Murayama, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Citlalli Hernández violó la ley debido a que estaba haciendo un llamado al voto el día de la jornada electoral.

“Los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), de Coahuila e Hidalgo, al ser elecciones locales, deberán abrir los procedimientos sancionadores correspondientes”, dijo en su cuenta de Twitter el consejero, en respuesta a la senadora con licencia.

Hasta la publicación de esta nota, no había respuesta alguna en este sentido de los OPLE de ninguno de los dos estados.

De acuerdo con el periódico Milenio, José Agustín Ortíz Pinchetti declaró que recibieron 80 denuncias por irregularidades durante la jornada electoral en Hidalgo y Coahuila, de las cuales 76 están relacionadas con el tuit de Citlalli Hernández.

También te puede interesar: ¿Aumento al presupuesto de programas sociales tiene en la mira las elecciones?

Delitos electorales

De acuerdo con el Artículo 9 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cuya última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación fue la del 13 de abril de 2020, lo que hizo Hernández, a través de sus redes sociales, sí constituye un delito electoral.

Artículo 9. Se impondrán de 100 a 200 días (de) multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que: 

1. “Ejerza presión o induzca a los lectores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma”. 

2. “Realice o distribuya propaganda electoral durante la jornada electoral”.

Desde la Reforma Electoral del 2007-2008 y las modificaciones en 2014, las autoridades electorales tienen la facultad y la obligación de vigilar estrictamente que todos los actores se apeguen a dichas normas, como anteriormente lo explicamos en esta nota.

Mauricio Huesca Rodríguez, consejero del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) y catedrático en Derecho Electoral y Derecho Procesal Electoral, nos dijo que, a partir de estas reformas, se prevé el respeto a tres normas: la utilización de recursos públicos, la no violación del principio de imparcialidad y la no violación de principio de promoción personalizada.

También podría interesarte: Elecciones en Coahuila e Hidalgo, ¿por qué deben de importarle al resto del país?

¿Vieja práctica en Morena?

Esto ya se había visto antes, con Ricardo Monreal, de Morena, cuando en un mitin del candidato que competía por ser gobernador de Aguascalientes, el senador ofreció públicamente gestionar más recursos para el estado si ganaba el candidato de su partido en las elecciones. 

“Si ustedes le ayudan a Arturo para ser presidente, nosotros desde México en el presupuesto vamos a ayudarle a Aguascalientes”, dijo Monreal en mayo de 2019.

¿Veremos más delitos electorales por parte de militantes del partido en el poder durante las elecciones de 2021?

SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

Recibe las noticias más relevantes de México cada mañana, inicia tu día informado.