¿Se abusa del derecho a la libertad de expresión? Sí, por falta de regulación al respecto

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La libertad de expresión es el derecho que tiene la ciudadanía a manifestar sus ideas sin ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, a menos que se consideren un ataque a la moral, a los derechos de un tercero, provoquen algún delito o perturben el orden público; también otorga el derecho de réplica y que el derecho a la información será garantizado por el Estado.

A pesar de que la Constitución mexicana contempla estos lineamientos como garantías de las personas, los límites del ejercicio de la libertad de expresión pueden verse difuminados cuando se trata de personajes que pertenecen a las esferas de poder económicas y políticas, nos explicó el doctor en Ciencias Políticas e investigador de la UNAM, Hugo Luis Sánchez Gudiño.

El experto nos compartió que este “exceso” en el uso de la libertad de expresión por parte de la clase gobernante tiene que ver con la cultura política que permea en México, que en las últimas décadas ha abierto los espacios de gobierno a personas que no tienen la adecuada preparación académica y que por sus propias limitaciones reproducen prácticas viciadas como la descalificación y la censura indirecta.

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“El sistema político mexicano ha dejado saldos pendientes, como establecer ciertos criterios para que las personas que ocupan los cargos públicos los desempeñen con eficiencia. Que se cumplieran estos criterios permitiría una libertad de expresión más equitativa entre gobernantes y gobernados, donde los gobernantes tuvieran una visión más integral de su cargo y no incurrirán en los abusos que hoy vemos”, nos dijo el investigador.

En consideración de Sánchez Gudiño, “los políticos de todos los signos ideológicos sienten que el cargo que ocupan les da una mayor posibilidad de ejercer la libertad de expresión sin algún tipo de limitación, e incluso de censurar, atacar o descalificar a quienes los critican, opinan sobre ellos o que ponen en duda sus distintas políticas de gobernabilidad”.

El académico de la UNAM nos explicó que de acuerdo con el marco legal existe una serie de principios éticos que suponen que los límites de la libertad de expresión tienen su fundamento en el respeto a valores ciudadanos. 

Y nos dijo que uno de los principios es el que se refiere a la prohibición de los discursos de odio, racismo, xenofobia y/o que induzcan a la discriminación en cualquiera de sus expresiones (racial, religiosa, política, de género).

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El segundo principio considera el respeto a la vida privada de las personas, tanto de la ciudadanía como de personajes públicos, nos dijo Sánchez Gudiño.

“Lamentablemente, nadie respeta este segundo aspecto, ni los medios de comunicación, los funcionarios públicos o los propios ciudadanos. Estas prácticas rompen con el marco legal que regula la libertad de expresión al lucrar con la vida privada de los ciudadanos, tanto públicos como privados”, detalló Hugo Luis Sánchez.

El tercer principio ético que norma los límites del ejercicio de la libertad de expresión corresponde a lo referente a la alteración de la paz pública, nos explicó el experto.

“En México es vulnerado este principio al ser una sociedad violenta donde el Estado no ha logrado pacificar en términos de convivencia. Por ejemplo, en las problemáticas de la delincuencia organizada que no permite una completa libertad de expresión ni de prensa”, nos comentó el entrevistado en torno a la violencia que se ejerce contra periodistas en el país.

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Existen restricciones, pero su aplicación es ambigua

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece algunas disposiciones sobre las restricciones que deben encontrarse en la ley con la finalidad del respeto a los derechos y a la “reputación” de los demás, así como la protección de la seguridad nacional, del orden público, la salud o la moral pública.

En el párrafo 2 de artículo 20 del Pacto se advierte que “toda apología de odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley” y que este tipo de expresiones no gozarán de protección de ningún tipo. 

Esto significa que ningún ciudadano o ciudadana tiene el derecho de “realizar propaganda en favor de la guerra o de expresar una apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la ‘discriminación’, a la hostilidad o la violencia”.

Sin embargo, aunque nuestro país se atañe a las consideraciones del Pacto Internacional, en la ambigüedad que rodea a la libertad de expresión en México no existe un marco jurídico que establezca penalizaciones cuando una figura de autoridad se excede en el ejercicio de su libertad de expresión, pues la normativa se centra en custodiar que no se restrinja el derecho a expresarse de la ciudadanía en general.

De esta manera es que vemos como figuras del gobierno, representantes de partidos políticos y funcionarios públicos, entre otros, pueden atentar impunemente contra la reputación de personas en lo privado sin tener mayores consecuencias, pues lo único que podría ejercerse desde la ley es lo que se conoce como daño moral de una persona que implica un perjuicio comprobado en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada personal o familiar, imagen, o bien, en la consideración que de ella tienen los demás. 

“Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de compensarlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual”, se explica en la Gaceta del Senado de la República como sanción a esta falta.

Sin embargo, de acuerdo con lo que nos compartió la abogada y socióloga Elvira Cedillo, es muy difícil delimitar lo público y lo privado en cuanto a libertad de expresión.

“En México sólo existe el daño moral, pero está legislado de manera confusa y no se encuentra conectado directamente con el ejercicio desmedido de la libertad de expresión”, nos dijo la especialista.

En nuestro país no tenemos un marco jurídico que limite a la ciudadanía, personajes de la vida pública o política sobre lo que puede decir o publicar, señaló Cedillo.

El presidente se ha extralimitado muchas veces en su libertad de expresión, puede acribillar públicamente a cualquiera en su mañanera”, como a los periodistas Carlos Loret de Mola y Carmen Aristegui, comentó la socióloga. Lo hemos visto también al llamar “vendepatrias, traidores” a las y los diputados que votaron en contra de su propuesta de reforma eléctrica, sin que existan consecuencias.

La experta advirtió que también los medios de comunicación tienen que entender la responsabilidad que conllevan sus palabras para no sobrepasar su quehacer periodístico.

“La investigación de la Casa Blanca, a mí me parece muy buena, sin ella no hubieran pasado muchas cosas en el país. Pero recuerdo el daño que los hijos del expresidente Enrique Peña Nieto sufrieron y cómo fueron atacados, si bien era corrupción a todas luces, hubo daños colaterales”, recapituló la experta.

Y concluyó que jurídicamente es difícil juzgar las extralimitaciones en el ejercicio de la libertad de expresión, pues no se puede medir el impacto de lo que alguien dice o señala, hasta que ya existen consecuencias, que además, viene de la mano de cuántos recursos y posibilidades tiene la persona afectada para contratar a un grupo de abogados especializados que la defiendan y aún siendo así, no garantiza que el daño pueda ser reparado, pues no hay una consistencia legal que respalde este tipo de casos.

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