Discriminar hace más daño de lo que creemos

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“Trabajo como negro”, “se fue como las chachas”, “no seas nena”, “pinche indio”, “se fue como gorda en tobogán”, ¿qué daño pueden hacer expresiones de este tipo

La respuesta es: ¡mucho! Repetirlas habitualmente, hasta volverlas expresiones comunes, podrían significar menos oportunidades de educación, trabajo y salud para las personas de piel oscura, las adultas mayores, mujeres, personas con discapacidad, afrodescendientes, migrantes, trabajadoras del hogar, entre otras.

Estas expresiones son una forma común de discriminación en nuestro país; es decir, “una conducta sistemática e incluso culturalmente estandarizada de desprecio social hacia una persona o grupo de personas debido a su pertenencia a un colectivo al que se le ha adherido un estigma social”, según el investigador y filósofo Jesús Rodríguez Zepeda, en su libro ¿Qué es la discriminación y cómo combatirla? 

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De acuerdo con Rodríguez Zepeda, como efecto, la discriminación excluye a quienes integran el grupo estigmatizado de los principales circuitos de derechos y bienestar social. 

Es cierto: los datos que recopiló el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) en su encuesta de 2017, mostró que las personas que declararon tener tonos de piel más oscuros (por tomar un ejemplo de grupo comúnmente discriminado) tienen menos oportunidades educativas y laborales.

Entre la población de 18 años y más, con tonos de piel más oscuros, el analfabetismo es de 4.5%; entre las personas con tonos de piel intermedios, el analfabetismo es de 2.7%; y entre la población con tonos de piel más claros, es de 2.2%.  Es decir, el analfabetismo entre las personas con tonos de piel más oscuros duplica al de personas con piel más clara, como lo señala el Conapred.

Entre quienes se identifican con tonos de piel más oscuros, 43.3% se dedica a actividades de servicios personales, de apoyo y agropecuarias; mientras que 14.6% de las personas con tonos de piel más oscuros se desempeña como profesionistas, funcionarios o jefes, el porcentaje se incrementa a 21.3 entre las personas con tonos de piel intermedios y a 26.7 entre las personas con tonos de piel más claros. 

“Es menos frecuente que las personas con tonos más oscuros de piel tengan un empleo con contrato”, según Conapred.

Revisemos otro grupo: un promedio de 25% de las personas con orientación sexual disidente han reportado que se les ha negado al menos una vez la atención médica o medicamentos, la atención o servicios en alguna oficina de gobierno, la entrada o permanencia en algún negocio (restaurante, bar, antro).

Al analizar la privación de al menos un derecho en los últimos cinco años por grupos discriminados, se observa que 39.5% de las trabajadoras del hogar remuneradas reportaron esta situación, seguidas de las personas con discapacidad (31.2%), las personas de la diversidad sexual (29.7%) y las personas indígenas (29.5%).

También se les negó el acceso a un centro comercial o banco, la recepción de apoyos de programas, la posibilidad de estudiar o seguir estudiando, la oportunidad de trabajar u obtener un ascenso, algún crédito de vivienda, préstamo o tarjeta, y el acceso a la justicia. 

Casi 40% de las personas encuestadas se opone a reconocer el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio; esto significa que rechazan que las personas con una orientación sexual distinta a la heterosexual, como los homosexuales o las lesbianas, puedan acceder a los derechos conyugales como servicios de salud, decisiones por defunción, entre otros. 

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Y en cuanto a las personas migrantes, cuatro de cada 10 personas mexicanas, principalmente hombres, no le rentaría un cuarto en su casa a una persona extranjera. Entre más edad tenga la persona a la que pertenece la vivienda, menos probabilidad hay de que le rente un cuarto a alguna persona en esa condición, explica también Conapred. 

Discriminar es delito

En México opera desde 2003 una Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación  que prohíbe toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.

Dice que la discriminación se puede basar en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas. 

Así como la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

En la Ciudad de México, esto es un delito reconocido en el Código Penal, que impone de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días a quien lo cometa.

Y ahora que te explicamos esto, ¿le darías empleo a una persona de piel oscura o mayor de 40 años?, ¿le dirías a alguien que juega “como niña”?

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