Libertad de expresión en peligro tras el fallo de la Suprema Corte

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La reposición de la obligación establecida en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), promulgada en 2014, para que los concesionarios de radio y televisión distingan en sus noticiarios los contenidos informativos de los de opinión puede poner en riesgo la libertad de expresión, alertó el académico Raúl Trejo Delarbre.

Luego de que este lunes 29 de agosto de 2022,  la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anulara la reforma de 2017 a la LFTyR, el especialista en derecho a la información nos explicó que “no necesariamente es bueno” para la libertad de expresión, los medios de comunicación y las audiencias lo que las y los ministros determinaron tras detectar fallas en el proceso legislativo para la aprobación de dicha reforma.

La Corte no cumplió con todo su trabajo; se quedó en la superficie del problema y solamente revisó el procedimiento de la aprobación de la reforma de 2017. La Corte no entró a discutir los derechos de las audiencias, como era desde mi punto de vista su obligación”, abundó Trejo Delarbre.

Al preguntarle si lo que decidió el Pleno de la SCJN beneficia a la libertad de expresión e información y los derechos de las audiencias, el también investigador en temas sociales nos dijo: “la reposición del inciso tres del artículo 256 (de la LFTyR de 2014), que dice que hay que distinguir información noticiosa de la de opinión puede ser riesgosa para la libertad de información, dependiendo de cómo el Instituto Federal de Telecomunicaciones decida su aplicación”.

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¿Qué decidió la Corte?

El lunes 29 de agosto, la SCJN informó en un comunicado que las y los ministros determinaron la existencia de “violaciones graves al procedimiento legislativo” por parte del Congreso de la Unión, las cuales impactaron en la “calidad democrática” de la reforma a la LFTyR, promulgada el 31 de octubre de 2017.

La SCJN consideró que no se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, al haberse incumplido reglas mínimas, tanto en las comisiones como en el Pleno del órgano legislativo, que permitieran a las mayorías y minorías legislativas expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.

Por unanimidad, las y los ministros avalaron la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán para que el Congreso de la Unión legisle en un futuro sobre el proceder de los medios electrónicos, para conocer las diferencias que existen entre los contenidos de opinión e información.

De esta manera, vuelve a estar vigente la LFTyR promulgada en 2014, según la cual los concesionarios de radio y televisión están obligados a diferenciar entre información y opinión en sus noticiarios en beneficio de las audiencias.

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¿Qué sigue?

Al respecto, Trejo Delarbre defendió la LFTyR de 2014 y nos explicó que “lo más saludable” es que el Congreso de la Unión presente una reforma para eliminar el inciso sobre la diferenciación de información y opinión en los noticiarios, pues podría implicar riesgos a la libertad de expresión.

“Lo que habría que hacerse, si la prioridad fueran los derechos de la sociedad y la defensa de las libertades, es derogar el inciso tres del artículo 256 que es la línea que dice que debe distinguirse entre información noticiosa y opinión. Yo dejaría intacto todo lo demás porque, por ejemplo, la distinción entre publicidad y contenidos en telenovelas o programas de deportes o de concurso es importante para que a la gente no se le engañe vendiendo como contenido lo que es publicidad”.

Por su parte, el abogado y especialista en telecomunicaciones Javier Tejado Dondé señaló en un artículo de opinión publicado en El Universal que desde el pasado periodo legislativo hay tres iniciativas presentadas por Morena con las que buscan acotar severamente la libertad de expresión de los comunicadores de la radio y la televisión.

“Lo que ha venido sucediendo es grave: primero, en todas las instancias de litigio nunca se le permitió a la radiodifusión privada ser parte de los juicios para defenderse, con lo que se ignoraron los efectos de las decisiones judiciales en los medios privados y sus millones de audiencias; segundo, muchos meses antes de que la Corte emitiera su fallo en el Pleno, desde marzo de este año, Morena tenía ya presentadas las iniciativas para cercenar la libertad de expresión de los medios de comunicación electrónicos”.

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En tanto, en entrevista concedida con el periodista Joaquín López Dóriga, Tejado Dondé advirtió que existe la intención de que los defensores de las audiencias sean nombrados por el Estado, y de suspender en automático los noticiarios de radio y televisión por violaciones a las audiencias. Igualmente, agregó, se pretende que los códigos de ética los proporcione el Estado.

“Si incumples cualquiera de estas tres, habrá multas carísimas, y además tienes que diferenciar en todo momento entre la información y la opinión. Es un esquema ideado para complicar la libertad informativa en la radio y televisión mexicana, y eso no se da en ninguna parte del mundo”, alertó el especialista.

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