Fuerza policiaca en manifestaciones: ¿hasta dónde llega el derecho a la protesta?

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Manifestarse públicamente forma parte del derecho a la libertad de expresión. El artículo 6 de la Constitución garantiza la manifestación de ideas, siempre y cuando “no ataque la moral, a terceros, genere algún delito o perturbe el orden público”.

Corresponde a la fuerza pública “evitar el vandalismo, tanto del mobiliario urbano y los edificios públicos, como la propiedad privada y ciudadanos pacíficos”, nos dice Javier Oliva Posada, profesor e investigador titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.

Sin embargo, todo uso de la fuerza pública se debe aplicar “con respeto a los derechos humanos”, advierte la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su artículo 41.

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En apego a la normatividad

Los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública deben apegarse además a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y antes de ejercer algún tipo de sometimiento, primero deben intentar persuadir o restringir el área de acción de manifestantes.

Sin embargo, al quedar justificado, en el artículo 12, el uso de la fuerza ante actos excesivos, ¿podría entenderse como una violación a los derechos humanos?

“No, porque los manifestantes violentos estarían actuando de una manera tal, que sus actos pueden ser calificados como delictivos”, explica Oliva Posada. “El daño en propiedad ajena está tipificado, desde hace décadas, como delito en México y si se afecta, pues la fuerza pública tiene que intervenir”. 

Desde el 18 de junio de 2016, todo elemento de seguridad debe de contar con un Certificado Único Policial (CUP), que certifica que está capacitado para desempeñar su función. Tiene una vigencia de tres años.

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El uso de armas en protestas 

El periodista Brígido López declaró a Artículo 19, organización que defiende la libertad de expresión y el derecho a la información, que el pasado 12 de febrero, elementos de la Fuerza Civil en Veracruz detonaron sus armas y amagaron con lesionar a manifestantes, para disuadir una protesta. 

“No, las armas por supuesto que no (están permitidas). Toda acción de la policía para contener una manifestación tiene que ser disuasiva, sin el recurso de las armas de fuego”, comenta Oliva Posada.

La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, precisa en el artículo 16, que antes de emplear armas se debe mediar, alcanzar acuerdos para el control de multitudes.

Cancún, otro caso polémico

El 9 de noviembre, policías municipales de Cancún realizaron disparos durante una protesta de grupos feministas que se manifestaban por el homicidio de Bianca Alexis. Los reporteros Roberto Becerril, de La Verdad, y Cecilia Solis, de Radio Turquesa, resultaron lesionados.

“El exceso de la acción policial con balas terminó por hacer de aquello una situación caótica. Evidentemente el uso de las armas no se justifica”, opina Oliva Posada.

Tras las agresiones, Alberto Capella Ibarra dejó el cargo como titular de Seguridad Pública. Fue cesado el director de la Policía Municipal de Benito Juárez, Eduardo Santamaría, y renunció Gerardo Solis Barreto al cargo de secretario del ayuntamiento.

Como documentó Cuestione, desde abril, en al menos 12 manifestaciones se han violado derechos humanos.

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Respeto a los derechos humanos

Javier Oliva Posada considera que el “uso de la fuerza policiaca va en proporción de el uso de la fuerza en los manifestantes, de la violencia quiero decir, porque no es legal”.

Detalla, “si tú tienes un negocio en el centro de la ciudad y se roban toda tu mercancía durante una manifestación, ¿a quién acudes? A la policía”.

Considera que “a veces se sobredimensiona el respeto a los derechos humanos; como cuando quienes acusan de la violacion a sus derechos humanos violan otras leyes antes de llegar al enfrentamiento”.

¿Se necesitarán regular las protestas?

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