“No parecen mexicanos”; el caso de indígenas detenidos por migración

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A simple vista, ¿cómo sabe un agente migratorio que una persona es mexicana o centroamericana? Esta es la pregunta que se harán los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en próximas semanas, cuando discutan la constitucionalidad de las revisiones migratorias en carreteras o caminos. 

Hasta ahora, la respuesta es: el agente no puede saberlo porque la nacionalidad no se ve físicamente, así que actúan bajo sus propios criterios. Lo que ha derivado en que durante las revisiones migratorias confundan a personas mexicanas, principalmente indígenas, con migrantes centroamericanas. 

En 2015, uno de esos casos ocurrió en Querétaro, cuando agentes migratorios detuvieron a un grupo de indígenas tzeltales de Chiapas, dos mujeres -una de ellas menor de edad- y dos hombres, sólo por “no parecer mexicanas”. 

El grupo salió de Ocosingo, Chiapas, rumbo a Sonora para emplearse en el trabajo agrícola. Las autoridades de migración se subieron al autobús en el que viajaban. Les pidieron comprobar su nacionalidad y aunque mostraron sus actas de nacimiento, las autoridades dijeron que eran falsas y hasta las rompieron.  

Ninguna de las personas detenidas y detenidos por migración hablaba español, lo que dificultó que se defendieran. 

Además, fueron forzadas a bajarse del autobús y luego las llevaron una estación migratoria. En el lugar, las sometieron a tratos crueles, inhumanos y degradantes (por ejemplo a uno de ellos le dieron choques eléctricos) para que admitieran ser de Guatemala.

La Embajada de Guatemala en México emitió pases especiales de ingreso a ese país a nombre de las y los indígenas e incluso dijo que habían nacido en San Marcos, Guatemala. La única prueba que tenían era una entrevista consular.

Ese mismo año, la embajada de Guatemala en México se echó para atrás y canceló los pases porque no encontró en su país registros a nombre de ninguna de las personas afectadas. Al final, quedaron libres. 

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Acompañadas por el no gubernamental Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi) y la Clínica de Acción Legal de la UNAM, las y los tzeltales iniciaron un litigio contra las autoridades y llevaron el caso hasta la SCJN.

Lo que piden a la Corte es revisar la constitucionalidad de los artículos 16, 17, 20, 97, 98 y 99 de la Ley de Migración, ya que no establecen criterios no discriminatorios para las revisiones y permiten que éstas se hagan en puntos diferentes a las zonas de entrada y salida del país.

Esto propicia que, por ejemplo, si un agente del Instituto Nacional de Migración (INM) detiene un autobús o un vehículo y piensa que una persona a bordo “no se ve como mexicana”, esa persona puede ser deportada.

La discusión en la Corte estaba programada para el 14 de agosto, pero se aplazó y será hasta finales de agosto o inicios de septiembre -cuatro años después de los hechos- cuando se discuta el tema.

¿Por qué es importante?

En un país con tanta diversidad, es necesario que la SCJN se pronuncien en contra de que agentes migratorios juzguen la nacionalidad y el estatus migratorio de una persona por su aspecto físico porque es discriminatorio y humillante, dijo en entrevista para CuestioneGretchen Kuhner, directora del Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI).

Kunher explicó que los artículos de la Ley de Migración que permiten que ocurran estas confusiones podrían ser inconstitucionales porque la Constitución protege a la población mexicana en su derecho de transitar libremente por el país. 

Además, observó, es importante para proteger a la privacidad y a la población mexicana de la discriminación por fenotipo y todas las formas de discriminación que suceden entre la misma población mexicana.

La resolución de la Corte sobre este caso significará un precedente que el Congreso podría tomar en cuenta para reformar la Ley de Migración y plantear en ella los criterios no discriminatorios bajo los cuales los agentes migratorios puedan realizar revisiones a personas extranjeras.

Sin embargo, señaló la experta en migración y género, que las revisiones arbitrarias a personas mexicanas ya es una práctica muy común en México aunque no siempre se denuncia. 

Detenidos por migración por su aspecto físico… Aún siendo mexicanos

“La nacionalidad no se ve”, dice la campaña que hicieron en redes sociales las organizaciones para alentar a la SCJN a que falle a favor de las indígenas. Esto es tan cierto, que su caso no es el primero en el que agentes migratorios confunden a personas mexicanas con extranjeras.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos ya emitió dos recomendaciones al respecto.

Una de ellas por el caso de las indígenas, y otra por 15 víctimas más de este abuso. En ambos, dice la CNDH, se violó el derecho a la seguridad jurídica, a la libertad personal y de tránsito, y a la no discriminación.

En el otro caso, la CNDH documentó que durante seis revisiones migratorias realizadas en diferentes fechas durante 2015, personal del INM se confundió y detuvo a 15 personas mexicanas en diversos puntos carreteros y ciudades fronterizas, especialmente de Chiapas. 

Las autoridades iniciaron procedimientos administrativos migratorios en contra de ellas por presuntamente ser de distintas nacionalidades. Esto, aunque las víctimas dijeron ser de nacionalidad mexicana y hasta presentaron actas de nacimiento o Clave Única de Registro de Población (CURP). Se les discriminó por su apariencia.

Esto es especialmente preocupante si tomamos en cuenta que el actual gobierno incrementó las deportaciones de personas migrantes tras las llamadas Caravanas Migrantes.

Tan sólo en el mes de marzo de 2019, el Instituto Nacional de Migración (INM) deportó a más de nueve mil personas en condición migratoria irregular en México.

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Aunque la Corte se pronuncie, el daño contra las cuatro personas indígenas ya está hecho: durante todo el proceso, ellas sabían que estaban encarceladas pero no sabían ni entendían por qué, además se sintieron humilladas. 

Al salir, uno de los jóvenes cayó en depresión varias semanas y tres de las víctimas no regresaron a Sonora para trabajar. De hecho, no volvieron a salir de su comunidad por cuenta propia. Sólo salen con Imumi para hacer las diligencias legales por su caso en la Corte.  

¿Cuántas de las personas que fueron detenidas y detenidos por migración, para ser posteriormente deportadas durante los meses recientes habrán sido mexicanas?

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