El Tribunal Electoral declara inaplicable el Plan B para las elecciones de 2023; su aplicación en la presidencial sigue en duda

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La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la Ley General de Comunicación Social del Plan B de la reforma electoral no podrá aplicarse a las elecciones por las gubernaturas del Estado de México y Coahuila, porque las modificaciones incumplen con el plazo marcado por la Constitución.

Lo anterior porque el Artículo 105 constitucional señala que cualquier modificación a las reglas electorales deben tener al menos 90 días de vigencia previos al inicio del proceso electoral. Los comicios de ambos estados comenzaron oficialmente el primero de enero de 2023 y la Ley General Comunicación Social entró en vigor el 28 de diciembre de 2022. 

En este contexto, el miércoles primero de febrero comenzó el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la LXI Legislatura en el Congreso de la Unión y el Senado se prepara para aprobar las cuatro leyes que quedaron pendientes por avalar el llamado Plan B de reforma electoral que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador.

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“Todo parece indicar que la aprobación de la reforma electoral en el Senado es inminente. Por tanto, en una semana sería publicada en el Diario Oficial de la Federación y entraría en vigor”, nos dijo la doctora en Ciencia Política Karolina Monika Gilas, integrante del Observatorio de Reformas Políticas en América Latina que está bajo la Secretaría Académica y Técnica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. 

Luego de la aprobación y promulgación de todo el Plan B, vendrán las impugnaciones y controversias en su contra por parte de partidos políticos y del Instituto Nacional Electoral (INE). Por lo que el Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidirán el futuro de dicha reforma electoral, nos expuso. 

La Suprema Corte resolverá dos tipos de impugnaciones: acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales, señaló el doctor en Derecho Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Pero si la SCJN no invalida el Plan B, los partidos de oposición, “quizá también la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil podrán impugnar” ante el TEPJF, indicó en entrevista el académico.

​​“Al Tribunal Electoral también le van a llegar muchas impugnaciones” sobre los cambios que el INE tenga que implementar a partir de la reforma electoral. Como el despido de las y los trabajadores (84.6% integrantes del servicio profesional electoral nacional), desaparecer la estructura del instituto, eliminar la Junta General Ejecutiva del INE, nos explicó. 

Puntualizó que la batalla judicial en contra del Plan B también puede desembocar en la presentación de una enorme cantidad de amparos, porque los cambios que decreta la reforma electoral afectarán “derechos que van muchísimo más allá de los políticos electorales”

Primeras impugnaciones contra el Plan B

El 1 de febrero, el INE presentó una impugnación ante la Suprema Corte en contra de la primera parte del Plan B que fue aprobada en el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación por el titular del Poder Ejecutivo, el 27 de diciembre de 2022.

Es una controversia constitucional en contra del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

El INE advirtió que los cambios legales que establecen dichas reformas afectan su autonomía y capacidades para organizar las elecciones por las gubernaturas del Estado de México y de Coahuila, que se celebrarán el 4 de junio de 2023, y de las elecciones presidenciales y legislativas del 2024.

Además, el pasado 26 de enero, diputadas y diputados del PAN, PRI y PRD también presentaron ante la Suprema Corte una acción de inconstitucionalidad en contra de dicho primer paquete del Plan B.

Por su parte, el diputado Santiago Creel, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, afirmó que la oposición presentará impugnaciones ante la SCJN contra las reformas a cuatro leyes que el Senado aprobará esta semana.

Posibles escenarios: suspensión 

De acuerdo con Javier Martín en un primer escenario, la SCJN podría suspender la aplicación del Plan B o de algunas partes de la reforma electoral, en tanto resuelve de fondo si las reformas son o no inconstitucionales. 

El pasado 26 de enero, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, anunció que una vez aprobada y promulgada la totalidad del Plan B, pedirá a la Suprema Corte que suspenda la aplicación de la reforma electoral en tanto resuelve el fondo de las controversias constitucionales.

Lo anterior debido a que, de acuerdo con el INE, “con esta reforma estarían conviviendo indebidamente dos sistemas o modelos de operación incompatibles: el que deja todo intocado en la actual estructura del INE para las elecciones de Coahuila y el Estado de México y el que mandata la reestructuración (inmediata) del resto de la institución” – al día siguiente de la publicación de todo el Plan B.

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El desafío de la SCJN

Javier Martín considera “poco probable” que la SCJN suspenda la totalidad del Plan B. Aunque, nos dijo, existe un precedente en años recientes cuando la Suprema Corte decidió suspender la aplicación de una ley, pero “no es fácil que den una suspensión” contra normas generales. 

Fue en 2018, a partir de una acción de inconstitucionalidad que senadores de oposición presentaron, la SCJN ordenó suspender la Ley de Remuneraciones que fue promovida por Morena y el presidente López Obrador para que ningún funcionario o funcionaria ganará más que el presidente.

“La reforma electoral genera todavía más afectaciones que la Ley de Remuneraciones, es decir, hay más argumentos para que eventualmente se otorgue la suspensión de la reforma electoral”, apuntó Javier Martín. 

El 2 de junio, fecha límite

En todos los posibles escenarios el problema es el tiempo en que la SCJN debe resolver la avalancha de impugnaciones que reciba para que el Plan B sea aplicable a las elecciones federales de 2024, refirió la profesora Karolina Gilas. 

Una vez interpuestas las controversias contra la reforma electoral, la SCJN tendría como límite el 2 de junio de 2023 para avalar o invalidar el Plan B, porque en esta fecha es el límite de los 90 días establecidos en la Constitución para cualquier cambio a la norma electoral antes del inicio del proceso electoral. Y el proceso electoral del 2024 inicia en septiembre de este año, precisó el consejero Lorenzo Córdova.

“Si el 2 de junio no están validadas por los tribunales y en plena vigencia, las normas del Plan B, vamos a ir a las elecciones del 2024 con las reglas que hasta ahora le han permitido paz pública, estabilidad democrática y elecciones ciertas y confiables en nuestro país”, dijo Lorenzo Córdova, el pasado 26 de enero ante los medios.

Según el análisis de Javier Martín, las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, en teoría, están hechas para que se resuelvan en dos meses, “pero la Corte suele tomarse bastante más tiempo”. Agregó que como es una norma electoral la SCJN seguramente resolverá en menos tiempo, pero existe “la incertidumbre sobre en qué momento podría resolver”.

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Más escenarios: resuelve la SCJN o el TEPJF

De acuerdo con el análisis de la y el especialista, la primer violación a las normas constitucionales que se plantearán en las impugnaciones contra el Plan B es sobre la violación al proceso legislativo; sobre todo en la Cámara de Diputados donde no se siguió el proceso parlamentario.

“Prácticamente ni tuvieron tiempo de saber qué estaban votando las personas diputadas” y “lo más importante es que no hubo una justificación sobre por qué se consideraba este asunto como urgente, como para saltarse el proceso legislativo ordinario”, recordó Javier Martín. 

Además de esto, la reforma electoral va en contra de otras normas constitucionales, como las restricciones a la facultad interpretativa de las autoridades electorales, a la facultad regulatoria del INE -que va en contra de los Artículo 1 constitucional-, la limitación de implementar acciones afirmativas o de garantizar que se cumplan los principios constitucionales como la paridad, entre otras, puntualizó Karolina Gilas. 

La investigadora señaló que para la declaratoria de inconstitucionalidad de una norma en la Suprema Corte se requieren de 8 votos de las 11 ministras y ministros. 

“No podemos tener certeza sobre cómo actuará la Corte. Posiblemente, invalide algunas partes, pero no necesariamente toda la reforma electoral (…) Dudo del escenario en que toda la reforma sea declarada inconstitucional. Es muy poco probable”, dijo Karolina Gilas.

Pero si la SCJN no logra revertir algunos elementos de la reforma electoral, estos se aplicarán. Por consiguiente, los partidos políticos de oposición podrán presentar recursos de impugnación ante el Tribunal Electoral, coincidieron Karolina Gilas y Javier Martín.

Finalmente, Karolina Gilas señaló que para el INE será muy complicado desarrollar tres procesos a la vez: adecuarse a la reforma electoral, organizar las elecciones del 2023 y preparar las elecciones federales del 2024. Además del cambio de cuatro de sus 11 consejerías generales. 

La investigadora reiteró que está en juego la independencia y la autonomía del INE y garantizar el cumplimiento de los estándares democráticos en las elecciones del 2024.

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