Falso que a Samuel García, gobernador de Nuevo León, no le toque encargarse del abastecimiento de agua en su estado

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“La mentada de madre me llega porque no hay luz, como si yo manejo CFE. Y ahora resulta que la mentada de madre es porque no hay agua, como si a mi me toca el abasto del agua. Pues ¡no señores! El abasto del agua le toca a Conagua. El abasto de luz le toca a la CFE. Agua y drenaje le toca organizar con los alcaldes la distribución, pero ¿qué distribuye si no hay?” se lamentó Samuel García, gobernador de Nuevo León, durante una conferencia de prensa el 8 de junio pasado.

La crisis de agua en Nuevo León es cada vez más aguda. Pero mientras quienes habitan en aquel estado sufren racionamiento en el suministro y los anaqueles de los supermercados donde se ponen las botellas de agua para beber están vacíos, el gobernador Samuel García decidió que el abasto de agua no le toca a él, sino a la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Sin embargo, al gobernador quizá se le olvidaron sus clases de derecho administrativo, porque tanto la Ley de Aguas Nacionales (LAN) como la Ley de Agua Potable y Saneamiento de Nuevo León son muy claras en que el poder Ejecutivo del estado que él encabeza tiene obligaciones en la provisión y abasto de agua potable.

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Obligaciones legales del gobernador

Por ejemplo, el artículo 5 de la ley nacional dice que “la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica será a través de los consejos de cuenca, en cuyo seno convergen los tres órdenes de gobierno”.  

De acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, los consejos de cuenca son órganos colegiados de integración mixta (gobierno y sociedad) para coordinar apoyar y asesorar a la Comisión Nacional del Agua y las dependencias y entidades de las instancias federal, estatal o municipal, y los representantes de los usuarios de agua y de las organizaciones de la sociedad en los temas relativos a cada cuenca hidrológica.

Además, “gobiernos de los estados” aparece otras 24 veces en la LAN, en artículos que les imponen diversas obligaciones como coordinarse con la Conagua para “concesionar, contratar, convenir y normar las obras de infraestructura hídrica que se realicen con recursos de la federación”.

Pero además, la Ley de Agua Potable y Saneamiento de Nuevo León es muy clara en lo que le toca al ejecutivo del estado encabezado hoy por Samuel García:

  • El artículo 2 dice que le toca a los municipios, con el concurso del Estado, prestar los servicios de agua potable y saneamiento (es decir que estos dos órdenes de gobierno tienen obligaciones que se especifican más adelante).
  • El artículo 7 especifica las obligaciones del poder Ejecutivo, entre las cuales están establecer políticas y estrategias que hagan óptimo el aprovechamiento del agua y su distribución en el Estado y planear, diseñar, construir y evaluar los sistemas de abastecimiento de agua potable, desalojo, tratamiento y utilización de aguas residuales en los municipios del estado.

Es decir, al Ejecutivo de Nuevo León que hoy encabeza Samuel García sí le toca hacerse cargo del abastecimiento de agua, aunque no lo quiera aceptar. 

Por todo lo anterior, se puede decir que el “¿y yo por qué?” del mandatario de Nuevo León al asegurar que a él no le toca el abastecimiento de agua es: falso. 

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