Según Hacienda, nueva reforma no permite usar ahorros de los trabajadores para el gasto público

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La Cámara de Diputados pasó al Senado la propuesta para modificar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Esto con el fin de ampliar las fuentes de recursos con las que se puede nutrir el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP).

Existen muchas dudas sobre esta reforma ya que ni la iniciativa presentada ni las autoridades hacendarias han explicado qué tipo de activos se podrán usar para llevarlas al FEIP. 

Es por eso que ahora funcionarios han tenido que aclarar que además de los depósitos en efectivo que ya recibe el FEIP, se busca que pueda recibir, como aportación, ahorros derivados del servicio de la deuda o activos financieros que emite el gobierno federal o forman parte de sus activos para vender, mantener y recibir el interés correspondiente, a fin de incrementar su liquidez y capacidad financiera.

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¿Qué es el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios?

Según la página del gobierno federal, el FEIP es un “instrumento de previsión y estabilización fiscal del gobierno que permite compensar las posibles disminuciones en la captación de ingresos respecto de la meta establecida en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF)”.

En otras palabras, el fondo se creó por si los ingresos del gobierno se encuentran por debajo de lo esperado y de lo planeado en el Paquete Económico que el Congreso avala cada año. 

La modificación propuesta por Hacienda, y aprobada hasta ahora solo por los diputados, no es sobre cómo se gastan los recursos de este fondo, sino sobre cómo se pueden ingresar recursos a él.

Nuevas formas de obtener ingresos

Antes de esta propuesta, el FEIP solamente se nutría con los ingresos extra que el gobierno obtenía del sector público por recursos en efectivo y ahora se pueden transferir otros activos financieros.

Sin embargo, los fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, bonos de pensiones y acciones de las Siefores no aplican para esta ley, ya que estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación sólo comprende el uso de activos del Gobierno Federal.

En el caso de México los activos financieros “disponibles” se refieren a: 

-Depósitos.

-Títulos de deuda a favor del gobierno.

-Participaciones de capital en empresas en las que participa el Estado.

-Las reservas de seguros.

-Los rendimientos financieros de inversiones. 

-Las cuentas por cobrar, los fondos de ahorro para la vivienda de Infonavit o Fovissste.

-Las acciones de las Siefores (fondo de inversión en el cual las Afore invierten los recursos de los trabajadores para generar rendimientos).

-Los bonos de pensión del ISSSTE, entre otros.

Por ello tanta confusión respecto a si se podría o no usar los fondos para el retiro de los y las trabajadoras. 

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Implicaciones de la reforma

Existe mucha desinformación sobre las implicaciones de la reforma dado que señala que la SHCP podría tomar dinero de los activos financieros. Sin embargo, no se tocarán recursos pensionarios, explicó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, explicó que se pide al Congreso “modernizar las reglas” para ingresar recursos al FEIP porque “meterle dinero al fondo es muy difícil, pero para utilizarlo la regla es muy clara y es cuando los ingresos están por debajo de lo programado”.

“Los fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, Infonavit, bonos de pensiones y acciones de las Siefores no aplican para esta ley, ya que estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación sólo comprende el uso de activos del Gobierno Federal”, indicó en un comunicado la Secretaría de Hacienda.

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