¿La nueva Ley de la FGR es un retroceso autoritario, capricho o cortina de humo?

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¿Por qué en un país que enfrenta índices de impunidad del 98%, el encargado de investigar delitos de más alto impacto se preocupa más por reformar la ley que por aplicarla? Y más grave aún: ¿por qué nuestros senadores, en lugar de exigirle rendición de cuentas a esa persona responsable, aprueban una nueva ley? 

La respuesta no es compleja. Esto solo puede deberse a la finalidad de generar un retroceso que perpetúe la Fiscalía General de la República (FGR) como la misma autoridad anquilosada e ineficiente que fue la Procuraduría General de la República; un capricho innecesario del Fiscal en turno; una cortina de humo para dirigir los ojos hacia una nueva ley, en lugar de resultados en materia de procuración de justicia o incluso todas las anteriores.

Sin embargo, más allá de todas estas posibles razones es importante destacar que el proyecto de nueva Ley Orgánica de la FGR, aprobado por el pleno del Senado del  República este 17 de marzo, es en principio una Ley innecesaria. Toda vez que la ley vigente es un ordenamiento de muy reciente creación y que tiene prácticamente dos años en operación, sin que al momento se haya aplicado ni se haya intentado aplicar de manera eficaz. 

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Es decir, que pese a que jurídicamente está en vigor desde hace dos años, el Fiscal General se ha negado a la aplicación de cuestiones torales, como la designación del Consejo Ciudadano, la nueva organización y gestión, así como una ausencia de coordinación con instituciones fundamentales para la adecuada investigación de los delitos, tal como la Unidad de Inteligencia Financiera.

En el informe Hallazgos 2019 realizado por México Evalúa, se reporta que la FGR inició  98,285 investigaciones en 2019, de las cuales 70% se determinaron (es decir, que se cerraron sin ser llevadas ante un juez, ya sea a través de un criterio, un no ejercicio de la acción penal, una abstención de investigar o un archivo temporal que implica prácticamente mandarlas a un cajón). 

Sin embargo, el mismo reporte refiere que no es posible saber los porcentajes o número específicos de cuál determinación se aplicó para ese 70%, ya que la FGR no proporcionó esa información en su informe de actividades. Por otro lado, del 100% de investigaciones iniciadas en el 2019 solo se judicializaron el 7.3%, las cuales sólo  2.8%  terminaron en sentencias condenatorias.

En realidad las problemáticas de la FGR se ubican hoy en el ámbito operativo y de aplicación de las normas, sin que exista ni se haya aportado ni por la Fiscalía ni por el Senado de la República, ningún dato objetivo que justifique la necesidad de expedir una nueva ley, de ahí que resulta completamente innecesaria.

¿Pero qué es lo que nos debería preocupar de lo aprobado por el Senado en esta nueva ley?

Retroceso en la independencia del Ministerio Público

El artículo 18 establece que la estructura orgánica de la Fiscalía queda sujeta a la autoridad jerárquica del fiscal, con ello se sujetan las decisiones de los fiscales, policías y peritos a una “mal entendida” autoridad del Fiscal, lo que limita la verdadera independencia de los servidores públicos. 

Este aspecto es de suma importancia, pues uno de los pilares para la transformación de esta institución es la independencia y autonomía de sus fiscales en lo individual y del caso a caso –desde luego– en el marco de lo que establece la Ley. No obstante, esta nueva ley presupone continuar con la histórica sumisión de los servidores públicos de la Fiscalía a las decisiones y designios del fiscal en turno, convirtiéndose en un espacio de riesgo para la corrupción, el influyentismo y la falta de responsabilidad de la función, que constitucionalmente corresponde a ministerios públicos y  policías.

Fragmentación de las investigaciones

El artículo 13 del dictamen aprobado establece la competencia que tendrá cada una de las fiscalías y unidades, precisando de manera específica y rígida los casos que corresponden a cada una de ellas. Este modelo de organización no es nuevo, sino que replica el modelo de la extinta PGR. Este esquema presupone la fragmentación de las investigaciones, pues privilegia una división formal de los casos conforme a tipo de delitos, en lugar de una atención flexible y acorde a la atención de fenómenos criminales y no solo de delitos en particular.

Esto es sumamente común por ejemplo en los casos de corrupción y otro tipo de delitos como el de Operaciones con Recurso de Procedencia Ilícita, mejor conocido como lavado de dinero, así como delitos fiscales, ya que existe una gran interrelación entre estos delitos, sin embargo, debido las rígidas estructuras y competencias entre las áreas estos casos por lo regular se fragmentan. Lo que implica que una unidad conoce de los delitos de corrupción, otra diferente de los de lavado de dinero y otra de delitos fiscales siendo el caso que los hechos están interrelacionados y que podrían atenderse mejor si se analizan como un fenómeno delictivo y un hecho complejo en lugar de subdividirlo. 

Se queda en el Sistema Nacional de Búsqueda, pero sin voto

El dictamen original proponía que la FGR dejara el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas y del Mecanismo de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas. Sin embargo, el 17 de marzo, día de su discusión en el pleno del Senado, estos cambios fueron rechazados a través de una adendum (agregado) de última hora. De esta manera, la FGR seguirá participando en todos estos sistemas y mecanismos, evitando así un retroceso en materia de derechos humanos.

Sin embargo, la FGR contará con representantes invitados con carácter autónomo, que intervendrán en las sesiones del Sistema que lo requieran con voz en el Sistema, pero sin voto en sus decisiones.

Se eliminan las Comisiones Especiales de Investigación

Se elimina la posibilidad de contar con comisiones especiales de investigación que permitan incorporar de manera eficaz expertos nacionales e internacionales, para la atención de casos de la mayor relevancia y complejidad, tal como lo prevé el texto de Ley Orgánica hasta hoy vigente. 

Esto tiene un impacto negativo, pues este tipo de comisiones podrían ser de gran ayuda en la resolución de casos de alta complejidad, como masacres o desapariciones, que corresponden no solo a la comisión de un delito, sino además graves violaciones a derechos humanos.

Elimina el centro encargado de Servicio Profesional de Carrera

Pese a que la profesionalización de los servidores públicos que forman parte de la Fiscalía es toral para su eficacia, la nueva ley aprobada elimina la existencia del Centro de Formación y Servicio Profesional de Carrera, dejando a potestad del fiscal la definición de cuál será el área encargada de dar debido cumplimiento y garantizar la eficacia de esta labor.

Contradicción en el modelo de responsabilidades administrativas

Se retorna al modelo anterior de responsabilidades administrativas de la PGR, reguladas en su Ley Orgánica. Es decir: en lugar de ceñirse a la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en la nueva ley de la FGR se fijan las obligaciones y sanciones administrativas en las que pueden incurrir los servidores públicos de esta institución. 

Esto es negativo, ya que se genera una duplicidad y posible contradicción, que puede derivar en la falta de certeza jurídica sobre el régimen disciplinario aplicable a los servidores públicos de la Fiscalía General.

De todo lo anterior, se puede destacar que el proyecto de nueva Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, además de ser innecesaria para resolver el grave problema de impunidad que enfrenta nuestro país, presupone importantes retrocesos que lejos de ayudar, muy seguramente contribuirán a agravar los problemas de impunidad y de corrupción en esta importante institución para nuestro país. 

Por ello, hoy la gran responsabilidad recae en nuestra Cámara de Diputados, en la que se espera que no pesen más los caprichos y las cortinas de humo, sino la necesidad apremiante de justicia de todos los mexicanos.

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