Nuevo León viola los derechos humanos

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El Congreso de Nuevo León aprobó reformar su constitución para “proteger la vida desde la concepción (…) y hasta la muerte natural” y, con ello, penalizar no solo a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo, sino incluso a quienes tengan muerte cerebral (no podrán ser desconectados) o a quien intente muerte asistida (en casos de enfermedades terminales).

¿Esto es constitucional?

El Congreso Estatal de Nuevo León sí tiene la facultad de regular sus propias leyes –incluida su constitución y código penal–, pero no pueden prohibir el aborto por circunstancias médicas o violación, ya que esta causal está amparada en la Ley General de Víctimas –que tiene carácter federal, es decir, aplica para todo el país– y en la Norma Oficial 046.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya dijo en 2018 que las autoridades sanitarias no pueden negarse a practicar un aborto a una mujer abusada sexualmente.

Sin embargo, al reformar su constitución local, el congreso de Nuevo León violó los derechos humanos de las mujeres, que están protegidos por la Constitución y por estándares internacionales a los que México está obligado a apegarse.

¿Por qué? En 2007, cuando se aprobaron distintas reformas para legalizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos pidieron a la SCJN que declarara esta ley inconstitucional, pero el máximo tribunal de justicia se negó y confirmó que la ILE es constitucional. Eso sí, la Corte aclaró que esto no significaba penalizar o despenalizar el aborto, ya que eso era algo que le tocaba a cada entidad.

En el caso de Nuevo León ¿aún se puede hacer algo?

Para hacer notar esta violación a los derechos humanos y echar atrás la reforma del estado de Nuevo León –conocida como Ley Anti-Aborto– habría que presentar una controversia constitucional o un amparo, según explicó en entrevista para Cuestione, Luis Enrique Pereda, especialista en Derecho constitucional del ITAM.

El diputado Luis Donaldo Colosio de Movimiento Ciudadano –y uno de los que votó en contra de la reforma– coincide. En entrevista en W Radio, señaló que esperaba se presentaran varias controversias en contra de la medida, y detalló la responsabilidad del Estado –establecida en mandatos internacionales– de garantizar a las mujeres una vida digna, y el principio de progresividad y no retroactividad de los derechos humanos.

Si existiera alguna controversia, las autoridades de justicia tendrán que apegarse a lo que dicta la Constitución federal en su artículo primero y revisar los estándares internacionales al respecto, como el de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en 2012 estableció que un feto no puede considerarse persona y que los derechos prenatales se incrementan paulatinamente.

Malas noticias…

Con esta reforma, ya son 19 entidades (Morelos, Baja California, Colima, Sonora, Quintana Roo, Guanajuato, Durango, Puebla, Nayarit, Jalisco, Yucatán, San Luis Potosí, Oaxaca, Querétaro, Chiapas, Tamaulipas, Veracruz) en todo el país que modificaron su constitución para “proteger la vida desde la concepción” y poner candados a la legalización del aborto. A excepción de Chihuahua, todas estas reformas sucedieron, como una reacción en cadena, a la aprobación del gobierno del entonces Distrito Federal de permitir la interrupción del embarazo, en 2007.

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La mala noticia es que ya hubo al menos dos casos en los que diferentes organizaciones feministas buscaron echar atrás este tipo de reformas bajo el argumento de que violan los derechos de las mujeres, pero en ninguno resultó a su favor… hasta ahora.

El primer caso fue el de Baja California, que protege la vida desde la concepción desde 2009. En esa entidad, los organismos feministas pidieron a la SCJN que echara atrás la reforma, pero ésta determinó dos años después que no era inconstitucional y, por lo tanto, la dejó vigente.

El otro caso es el de Veracruz, que en 2016 aprobó una iniciativa que presentó el exgobernador Javier Duarte en el mismo sentido que la de Nuevo León. Esta iniciativa era incluso más restrictiva que las otras, ya que la sanción penal contra la mujer consistía en un tratamiento de reeducación.

Estas reformas, de acuerdo con el Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE), contribuyen “a promover un clima de confusión e incertidumbre jurídica entre el personal de servicios de salud y de procuración de justicia, así como entre las propias mujeres sobre la legalidad del aborto en los supuestos establecidos en la ley”.

¿Qué sigue?

Según trascendió en columnas periodísticas, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, planea solicitar a los legisladores que modifiquen el Código Penal Único para despenalizar el aborto.

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