El mito de la rebelión de la Suprema Corte

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Seguramente has visto y escuchado que desde hace algunos meses, la Suprema Corte de Justicia ha sido noticia constante; las resoluciones y sus ministros han causado controversia.

Hoy te invito a romper el mito. Como dicen por ahí: sin filias, ni fobias, sin preferencia de color o de partido, solo con datos claros sobre algunos de estos señalamientos.

La primera: la Corte se extralimitó en sus funciones e invadió facultades del Poder Legislativo. ¿Esto es cierto? Te doy información para que tú solo decidas la respuesta.

En México ha sido ardua la lucha por tener una verdadera división de poderes; seguramente recuerdas que nuestro país vivió por más de 70 años la hegemonía de un solo partido. La división de poderes era una mera simulación: desde Los Pinos se tomaban todas las decisiones y salían las órdenes.

Poco a poco los esfuerzos comenzaron a rendir frutos: a finales de 1994 la oposición en el Congreso, junto con algunos otros actores, lograron modificaciones constitucionales con dos objetivos clave: una verdadera división de poderes y fortalecer al Poder Judicial.

Se dio a la Corte la facultad de revisar y determinar acciones de inconstitucionalidad que no es otra cosa que determinar si alguna ley o norma es contraria a lo que dice la Constitución, que es la ley suprema.

Mito 2. Los ministros defienden intereses de grupos conservadores y no la voluntad de la mayoría.

La base principal de la resolución de la Corte fue que en el Congreso hubo violación al proceso legislativo: la forma en cómo se aprobaron esas leyes fue irregular y se impidió que diputados y senadores conocieran y deliberaran qué era lo que votarían; un principio básico del trabajo legislativo. Violaron los artículos 71 y 72 de la Constitución, que dicen claramente cuál es el proceso para aprobar o modificar una ley.

El mensaje fue claro: ser mayoría no es aval para violar la ley.

Tercer mito: dice Morena que debe ser por voto popular, por voto directo como se elija a los ministros y aseguran que así se establecía en la Constitución de 1857… bueno, bueno, para empezar, los ministros nunca han sido electos por voto directo, basta revisar qué decía la ley en esos años. El artículo 92 decía: “el cargo durará seis años y su elección será directa en primer grado”. ¿Qué quiere decir esto último? Que se elegían bajo el mismo modelo que se eligen hoy: tú y yo elegimos al Presidente, que es quien propone una terna, y a los senadores que eligen de esa terna a quien consideran es la mejor opción.

Hay quien reclama que con la mayoría priista se pasaron leyes con violaciones constitucionales. Sí, tienen razón, pero que haya sucedido, ¿justifica dejar que siga pasando?

¿Podemos permitirnos con el argumento de los malos gobiernos anteriores dar carta abierta a una nueva administración para que se convierta en lo mismo contra lo que hemos luchado?

No es gana la oposición o pierde López Obrador; no es un partido, no es un color: es la democracia, la libertadTus derechos y los míos son los que están en juego.

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