Nueva Ley contempla cárcel para quien tome casetas y cierre carreteras o aeropuertos

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Manifestarse en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, interrumpir el tránsito de transporte en las carreteras federales o la operación de las casetas podría implicar una sanción de tres meses a siete años de prisión y una multa de alrededor de $8,900 a $44,800, según lo estipula una reciente reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Diversas organizaciones de la sociedad civil articuladas en el Espacio OSC para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y en el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS), que acompañan protestas sociales, consideran que la aprobación de esta reforma “contribuye al discurso punitivista hacia el ejercicio de derechos y estigmatiza a quienes ejercen el derecho a la manifestación”.

“Es muy preocupante esta tendencia represiva, tanto policial como legislativa, contra la protesta social”, afirmó Luis Eduardo Knapp Moreno, coordinador de defensa en la asociación civil Artículo 19

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“Debemos entender que la protesta no es para gritarle loas al gobierno o a las autoridades. La protesta es disruptiva por naturaleza. Hay protestas porque el Estado y las autoridades no están haciendo su trabajo, porque hay omisiones, por eso la gente sale a protestar”, nos dijo el defensor de derechos humanos en entrevista.

A partir de esta modificación, las mamás, papás y familias que estén protestando por la desaparición de sus familiares podrían terminar en un juicio “por encuadrar en la conducta que señala esta reforma por interrumpir vías de comunicación” federales, señaló. Lo mismo a quienes exigen medicamentos para sus hijos e hijas con cáncer.

El 14 de diciembre pasado, el Senado de la República aprobó una reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación para incluir dichas sanciones. Pero desde hace un año, el 15 de diciembre de 2020, la Cámara de Diputados ya había aprobado esta iniciativa impulsada por dos diputados del PAN y una diputada de Morena

Así, solo falta que el Ejecutivo Federal publique la reforma en el Diario Oficial de la Federación para que entren en vigor las sanciones para quienes cierren o interrumpan las vías federales de comunicación. 

¿De qué va exactamente la reforma?

Es una modificación al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación con la que se agrega lo siguiente: 

“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

La iniciativa afirma que el objetivo de la reforma es garantizar la seguridad de “los usuarios de las vías generales de comunicación”, así como “resguardar los recursos del erario recaudados en las terminales de peaje”.

En el dictamen del Senado incluso se afirma que “las tomas de caseta motivadas por reclamos sociales han ido evolucionando negativamente y se han convertido en puntos de elevado peligro al tener por objeto la extorsión a los usuarios de estas carreteras federales de cuota”. 

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Tendencia a reprimir más la protesta social

Al legitimar una reforma que estigmatiza y criminaliza la protesta social a través de “pérdidas económicas o asociando al crimen organizado con el ejercicio de estas conductas únicamente tendrá como resultado el inhibir esta forma de participación ciudadana, lo cual se traduce en menores condiciones democráticas”, advierten las asociaciones civiles en un comunicado.

Como nos dijo Luis Eduardo Knapp, con estos cambios las y los legisladores pretenden “o eso dijeron” combatir las extorsiones que hay en carreteras – con grupos que detienen el trabajo en las casetas y piden dinero a la gente que pasa por ahí-, “si hay una problemática así deben atenderla bien, pero con esta reforma están afectando el ejercicio de derechos” y agravan más los problemas sociales.

A nivel nacional, hay muchas protestas que utilizan la toma de calles y vías como forma de mostrar su oposición a los megaproyectos, afectaciones que sufre su hábitat o sus colonias, por la falta de agua o de servicios, inseguridad, entre muchos otros motivos, expuso. 

En los dos últimos años, el  FLEPS y Amnistía Internacional han documentado actos de represión y estigmatización de autoridades en distintos niveles en contra de manifestantes y personas defensoras de derechos humanos, como colectivas feministas, personas defensoras de tierra y territorio.

Incluso, el pasado 27 de octubre, Amnistía Internacional y otras asociaciones civiles denunciaron la criminalización y represión de protestas feministas por parte de autoridades de los tres niveles de gobierno en México ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

Por tanto, la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación se suma al escenario de represión contra movimientos sociales, pues “limitará la protesta social como medio de transformación y de expresión de hartazgo social y como mecanismo para exigir justicia”. 

En “el actual contexto sociopolítico plagado de altos niveles de violencia, impunidad, desigualdad y sistemáticas violaciones de derechos humanos, afecta especialmente a sujetos en situación de pobreza, personas defensoras, manifestantes, mujeres y poblaciones racializadas”, apuntan las asociaciones en este comunicado

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Derechos que viola la reforma

Además, la modificación también contraviene estándares internacionales en materia de derecho a la protesta, libre asociación y a la libertad de expresión, pues la toma de calles y vías “es una forma legítima de apropiación del espacio cívico, siendo ésta cualquier acción individual o colectiva dirigida a expresar ideas, visiones o valores de disenso, oposición, denuncia o reivindicación”, indicaron las OSC

La aprobación de la reforma es violatoria de la Constitución y Tratados ratificados por el Estado mexicano porque va en contra del carácter progresivo de los derechos humanos. Algunas normas internacionales violadas por esta reforma son la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que hablan del derecho a la libertad de expresión, expuso finalmente Knapp Moreno.

En el momento en que el Ejecutivo Federal publique en el Diario Oficial de la Federación la norma y entre en vigor, las asociaciones civiles instarán a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a que presente una acción de inconstitucionalidad contra la reforma. 

¿Rosario Piedra cumplirá con su papel y protegerá los derechos a la protesta?

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