Te decimos qué hacer en el mes de la declaración anual para personas físicas

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Quien dijo que no hay plazo que no se cumpla ni deuda que no se pague… Seguramente eres uno de los 54.1 millones de contribuyentes físicos activos registrados en 2021 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que durante el mes de abril tienen que presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2021.

Sí, antes que termine el mes de abril, las personas físicas tienen que presentar su declaración anual ante el SAT. En esa revisión deberán informar sobre sus ingresos y las deducciones anuales que hayan hecho por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

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¿Quiénes deben presentarla?

  • Personas físicas con ingresos superiores a 400 mil pesos anuales. Incluye a trabajadores asalariados, aunque estén por nómina.
  • Si un contribuyente no tuvo esos ingresos, pero recibió intereses por inversiones, también debe cumplir con esta obligación.
  • La declaración también aplica para trabajadores que recibieron dinero de distintos salarios como: quienes trabajaron para dos o más patrones de forma simultánea.
  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Quienes obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

¿Qué debo hacer?

La declaración anual en 2022 se realiza a través de la página o la aplicación móvil del SAT, para ello tienes que ingresar a tu cuenta con tu RFC y contraseña o e.firma

  • Ve al apartado de “declaraciones”.
  • Llena los datos que se te solicitan.
  • Firma tu declaración y envíala.
  • El sistema te entregará tu comprobante de recibido y te dirá si tienes saldo a favor o si tienes que pagar algún monto.

La misma página del SAT tiene tutoriales para que vayas siguiendo paso a paso tu trámite.

¿Qué pasa si tengo saldo a favor, cómo y cuándo se paga?

Luego que hayas terminado de presentar tu declaración anual posiblemente tengas un saldo a favor. Para eso, el SAT te lo hará saber y te será pagado hasta 40 días hábiles después de tu solicitud

Podrás solicitar el dinero con tus datos y número de cuenta correspondiente. Para recibir tu devolución automática presenta tu declaración anual 2021 (a más tardar el 31 de julio) con:

-Contraseña

  • Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.
  • Si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

 -e.firma

  • Si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

Adicionalmente, debes confirmar tu cuenta CLABE precargada en el sistema (verificar que esté a tu nombre y siga activa); señalar la opción de “Devolución al presentar tu Declaración Anual 2021”.

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¿Qué pasa si no se hace la declaración anual?

En caso de que las personas no hagan su declaración anual en 2022 o la hagan fuera del plazo señalado, recibirán una sanción por parte del SAT que va de los 1,400 hasta los 34, 730 pesos. Y tu historial crediticio también podría verse afectado.

Además perderás la devolución automática si es que tuvieras un saldo a favor y, aunque podrías reclamar ese dinero, primero tendrías que pagar la declaración anual de forma espontánea (fuera del límite señalado).

Entonces te enfrentarás a que el SAT te solicite comprobantes fiscales de cada una de las operaciones que realizaste y después de hacer una revisión minuciosa te devolviera, o no, tu saldo a favor.

También te podrías hacer acreedor a una nota desfavorable que te podría ocasionar problemas en los trámites con diversas autoridades gubernamentales, es decir, aquellos que desearan obtener licencias o permisos del gobierno federal no lo podrían hacer, según lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Para ponerte al corriente con tu declaración o declaraciones tienes hasta cinco años, es el plazo para que la autoridad te puedan hacer un requerimiento, “es una carrera, si llegas primero tú, pagas ya puedes estar tranquilo, pero si es la autoridad es quien llega primero, empiezan los requerimientos y ejercerán un acto de fiscalización”, nos explicó Juan Antonio Castro Chávez, asesor fiscal.

“Te ponen una etiqueta de incumplido, de que traes una alerta amarilla y puedes ver entorpecidos algunos trámites como un simple crédito, si las autoridades te hacen un acta de fiscalización, o un simple requerimiento por no cumplir con tu declaración anual espontánea ya te puede genera una multa”, finalizó el experto.

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