En dos años, unos 3,400 militares han sido juzgados por las Fuerzas Armadas; la deserción, el crimen más común

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En los últimos dos años se han abierto más 3,400 juicios contra militares de las Fuerzas Armadas. Se les acusa de delitos como deserción, desobediencia, fraude, malversación de bienes y abuso de autoridad, de acuerdo con los datos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), obtenidos vía transparencia.

Y en ese mismo periodo (2019-2020), también se han girado 645 sentencias por estos delitos, más de la mitad (56%) en contra de soldados, seguido de 23.5% en contra de cabos y 8% en contra de sargentos, es decir, casi 90% de las sentencias han sido en contra de los rangos más bajos del Ejército, según la información de la Sedena. No hay ninguna sentencia en contra de Generales y sólo tres en contra de coroneles.

Mientras que en 71% de los juicios contra soldados o cabos se da por deserción e insumisión, a los mandos altos se les juzga por abuso de autoridad, fraude y malversación de bienes.

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Hasta noviembre de este año, hay en total 479 personas militares en las tres prisiones del Ejército que hay en el país (Ciudad de México; Mazatlán, Sinaloa, y Zapopan, Jalisco), de acuerdo con la información obtenida vía transparencia por parte de la Sedena:


Fuente: Solicitud de información de la Sedena con número de folio 0000700302620

¿Y cómo funciona la justicia militar?

A diferencia de cómo son juzgadas las personas civiles –a través del sistema de justicia tradicional y el Código Penal Federal– las personas militares tienen su propio mecanismo, el cual se rige a través de un Código de Justicia Militar.

Hasta 2016, los militares tenían sus propios Consejos de Guerra, conformados (como su nombre lo indica) por un grupo de militares de guerra, quienes eran los que, a través de una audiencia oral, determinaban si el militar era culpable o inocente.

Pero estos Consejos de Guerra desaparecieron cuando el Congreso aprobó una reforma hace cuatro años al Código de Justicia Militar, que dio paso a la creación de una Fiscalía General de Justicia Militar, a los Ministerios Públicos Militares y tribunales militares. Esto, a fin de que se adaptaran al nuevo Sistema de Justicia Penal y con ello, se tuvieran procesos similares a los que llevan las personas civiles, nos explica César Gutiérrez Priego, abogado especialista en derecho militar.

¿Y quiénes juzgan? Los jueces tienen grado de Tenientes y los fiscales de Jefes Mayores (generales y coroneles), con estudios en Derecho y maestría en Derecho Penal.

Si bien en el Ejército no hay universidad de Derecho, los militares o civiles estudian y se dan de alta en el Servicio de Justicia Militar.

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¿Y para qué tener un Código de Justicia Militar?

Las Fuerzas Armadas tienen su propio sistema para perseguir los delitos de orden militar. Por ejemplo, uno de los delitos más comunes entre los militares es la deserción del Ejército.

Si un soldado que está en funciones no se reporta durante tres días consecutivos, se abre una investigación en su contra. Si no justifica su ausencia y si el Ministerio Público lo encuentra culpable, puede girar una condena de dos y hasta seis meses de prisión, como dice el Código de Justicia Militar. 

Aunque para que se inicie una carpeta de investigación por deserción puede pasar hasta un año, según nos explica Gutiérrez Priego, quien ha acompañado la defensa de estos casos.

Los militares se van porque muchos no se acomodan a la disciplina militar. Hay restricciones severas, exigencias, los horarios, el maltrato de sus superiores, hay muchas cosas en riesgo y eso puede llevar a cualquiera a irse pero también sus ausencias pueden estar justificadas por problemas personales”, nos dice Carmelo Terán Montero, general en retiro.

Otro de los delitos que los pueden llevar a la cárcel es si pierden su arma o las municiones a su cargo (sin importar su calibre). En este caso la pena en la cárcel es de tres meses; pero si extravían su bandera o estandarte, pueden ir a la cárcel hasta por dos años.

Pero nada se compara con la pena más alta: aquellos militares que se incorporan a la delincuencia organizada, pues en estos casos pueden pagar hasta 60 años de cárcel, según el Código de Justicia Militar.

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¿Y cómo son juzgados?

La mayoría de los delitos del orden militar son denunciados por los propios militares, a través de declaraciones, por lo que es muy difícil que presenten pruebas, a menos que hayan sido detenidos en flagrancia, es decir, en el acto. Esto hace que haya un rezago en las investigaciones, nos explica Gutiérrez. 

Los delitos se integran como carpetas de investigación en los ministerios públicos y son procesados por la Fiscalía General de Justicia Militar. La última palabra la tiene el Tribunal Superior Militar, encargado de girar las sentencias de los delitos.

Aunque tengan su propio Código de Justicia Militar, si el delito que cometen es de orden federal (trata de personas, secuestro, robo de hidrocarburos) sí pueden ser juzgados por un juez federal y no militar. El problema es que cuando llegan a los tribunales, estos tienen que volver a llamar a declarar a los testigos originales para escuchar las declaraciones. Esto puede llevar años, nos explica el abogado.

De los 479 militares en prisión, 359 están procesados o sentenciados por delitos de fuero federal.

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El caso Cienfuegos

En octubre de este año, el general Salvador Cienfuegos, secretario de la Defensa Nacional durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, fue arrestado en Los Ángeles, California, bajo los cargos de lavado de dinero y de fabricar, importar y distribuir drogas en Estados Unidos. Sin embargo, casi un mes después, el Departamento de Justicia de aquel país pidió retirar los cargos para que su caso continúe en México.

La Sedena está obligada a iniciar una carpeta de investigación, a través de la Fiscalía General de Justicia Militar, como lo establece el artículo 60 del Código de Justicia Militar. Pero hasta ahora no ha sucedido, pues los mandos altos están protegidos por la ley y el Ejecutivo, nos dice el abogado.

¿Y si cometen delitos contra civiles?

Rosendo Radilla, un líder social guerrerense, fue detenido en 1976 ilegalmente en un retén militar de la Sedena. Cuando Rosendo les preguntó de qué se le acusaba, los militares le respondieron “de componer corridos a Lucio Cabañas”, de acuerdo con lo documentado por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH). 

Rosendo fue trasladado al entonces Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez, donde fue visto por última vez. Hasta el día de hoy, su paradero es inciertos. Rosendo Radilla fue víctima de desaparición forzada por elementos del Ejército.

Este caso llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en donde se determinó, en 2009, que el Estado mexicano fue culpable de su desaparición.

Esta sentencia fue pilar para la reforma del Código de Justicia Militar en 2014, pues tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la República aprobaron acotar el fuero militar, es decir, que cuando haya casos de violaciones de derechos humanos y delitos contra civiles, sean juzgados por tribunales civiles.

Aunque hay similitudes entre los procesos de justicia militar y civil, estos juicios aún son privados y no podemos conocer cómo es que fueron juzgados, pues al tener su propio sistema y códigos, las sentencias y resoluciones no son públicas, así que aún hay un largo camino para saber en qué casos fallaron los militares.


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