Reforma al outsourcing: buenas intenciones, mala legislación

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El pasado 20 de abril fue aprobada, con bombo y platillo, la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para regular la subcontratación en el mercado laboral del país (el famoso outsourcing).

Bajo el argumento de que este régimen laboral había ocasionado “prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los derechos de los trabajadores”, la actual administración presumió este cambio en diversas leyes laborales de la Federación como un hecho histórico para las y los trabajadores mexicanos.

Y a pesar de que lo establecido en el decreto publicado el 23 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sí tiene la intención de mejorar las condiciones laborales de las y los mexicanos, de acuerdo con Ricardo Mendoza, abogado y experto en temas fiscales, su implementación será complicada y pondrá en aprietos a los contribuyentes

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En entrevista con Cuestione, Mendoza, que es director legal de la firma Pérez Góngora y miembro de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) así como de la Comisión de Asuntos Fiscales de la CONCANACO, nos explicó a detalle los pros y contras de esta ley, y sus implicaciones para las y los trabajadores así como para las empresas.

¿En qué consiste la reforma al outsourcing?

De acuerdo con el entrevistado, en México la práctica de subcontratación se volvió cada vez más común. Consistía en que una empresa “contrataba a empleados de una compañía no relacionada para que llevaran a cabo determinadas actividades” o prestaran algún servicio que le permitiera operar.

De esta manera, explica Mendoza, las empresas evitaban la responsabilidad laboral frente a los empleados de estas compañías, así como el pago de la PTU (participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas). 

“Los empleadores reales contrataban empleados a través de terceros, mientras que la compañía solo se encargaba de la operación, la parte comercial y, consecuentemente, de generar utilidades. De tal forma que, como no había empleados registrados, no había a quién pagarle la PTU”.

Ricardo Mendoza, abogado especialista en temas fiscales

Ante esta situación, esta reforma laboral “tiene implicaciones muy relevantes en el ámbito fiscal para los contribuyentes” al regular la subcontratación de personal y crear un padrón de registro de empresas que prestan servicios especializados (a cargo de la Secretaría del Trabajo).

De esta forma se le permite a las personas físicas y morales contratar a terceros si, y sólo si, se contratan servicios especializados que no formen parte del objeto social de la empresa contratante, es decir, de las actividades que realiza y para las cuales se constituyó dicha compañía.

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Para el experto, estos cambios modificarán “el modelo en que se contratan empleados” aunque advierte que, por la premura de aprobarla, así como por las incertidumbres jurídicas que el decreto generó, “aún no sabemos si es para bien o para mal”.

¿Realmente beneficia a los trabajadores?

El abogado explica que, en el papel, esta reforma “sí busca proteger los derechos de los trabajadores, al permitirles acceder a prestaciones que antes no tenían, como la seguridad social”. 

Sin embargo, resalta que “una cosa es la legislación y lo que está en papel, y otra diferente es la puesta en marcha del proyecto”. Pero advierte que un factor que sin duda los afecta, es que “se estableció un límite al pago de la PTU, que antes no existía” y que impacta también a los trabajadores que no estaban subcontratados.

Para explicarlo más a detalle, el entrevistado plantea un escenario en donde “una empresa tiene un año excepcional, donde se genera mucha PTU para repartir”, lo que para el empleado significaba recibir un gran beneficio económico. 

Ahora, continúa Mendoza, este beneficio está topado a máximo “tres meses de sueldo del trabajador, o al promedio de lo que ha recibido por concepto de PTU en los últimos tres años”, por lo que la posibilidad de gozar de dicha prestación es ahora más limitada.

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Inequidad de la implementación para el sector privado

Un factor que es alarmante para el abogado es que la implementación de esta reforma inicia en tiempos diferentes para el sector público y el privado

“Mientras que para la administración pública esta reforma entra en vigor hasta 2022, para la iniciativa privada lo hizo desde que se publicó el decreto”, puntualiza Ricardo Mendoza.

Para el entrevistado, esto es “inequitativo e inaceptable porque las autoridades saben lo complejo que es reestructurar este tipo de escenarios”, tanto así que terminaron por “retrasar la implementación para ellos”. 

Mientras tanto, la iniciativa privada tendrá que incurrir en “cargas administrativas y gastos importantes para reestructurar sus operaciones, lo que implica crear nuevas compañías, contratar nuevos asesores, etc”. 

“Cada compañía es distinta, por lo que cada una tendrá que analizar qué estructura corporativa le funciona mejor. Habrá algunas que decidan fusionarse, otras que decidan crear otro tipo de empresas especializadas dentro del mismo grupo”.

Ricardo Mendoza

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El experto también señala que las empresas que se dedicaban al outsourcing, las cuales ahora no podrán prestar estos servicios, tendrán que recurrir a nuevos modelos de negocio.

Por ello adelanta que en los próximos meses “existirá una proliferación de muchas empresas nuevas especializadas” para que “en lugar de contratar a un solo proveedor, se contrate a n cantidad de empresas distintas, cada una con diferentes áreas de especialización”.

En México se requiere mejor legislación

Ricardo Mendoza resalta que esta reforma muestra que pesó más la presión por aprobarla de manera rápida, que por hacer un buen trabajo legislativo y cuidar los detalles para asegurar la certidumbre jurídica.

“Al día de hoy existen dudas que todavía no es posible responder y que obligan a los contribuyentes a esperar a la autoridad para que las aclare”, asegura el abogado. 

Una muestra de ello, continúa Mendoza, es que “se facultó a la Secretaría del Trabajo para emitir disposiciones generales que garanticen el cumplimiento de ella, y al SAT para expedir disposiciones administrativas que ayuden a este propósito”.

El especialista concluye que “la finalidad de la reforma se debe aplaudir, pero la construcción del decreto final dejó mucho que desear, poniendo en aprietos a los contribuyentes” al no tener certeza de cómo interpretar algunos de estos cambios. 

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